La ley establece que la circulación sin el seguro no resta puntos del carné de conducir y que el responsable de la sanción es el titular del vehículo aunque no sea el conductor en el momento de ser interceptado. Solo están exentos del pago de la póliza los coches dados de baja en el Registro de Vehículos de la DGT.

La multa por carecer de este documento oscila entre los 600 y los 3.000 euros y se fija en función del tiempo que el automóvil lleva sin el seguro y del tipo de vehículo, siendo mayor la sanción económica impuesta a un camión que circula sin póliza que a una moto.

El hecho de no circular con el coche y tenerlo aparcado, sea en la calle o en un estacionamiento cerrado, no es excusa para no tener el seguro al día. Los agentes pueden saber si el usuario tiene la documentación en regla solo con consultar el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).

Aunque también se dan casos en los que al agente no le aparece como asegurado un automóvil que realmente lo está debido a algún error informático. Por eso, el propietario si no lleva el seguro en el coche tendrá 10 días para presentarlo en la Jefatura Provincial de Tráfico desde que la policía se lo reclame.