El Ministerio fiscal del Tribunal de Cuentas ha abierto diligencias previas a 23 concellos, entre ellos Outes, Malpica, Corcubión, Mugardos y Ponteceso, por presuntas irregularidades contables por no respetar la limitación de las cantidades de los complementos de productividad y gratificaciones a trabajadores municipales, tanto funcionarios como personal laboral en 2011 y 2012.

Las diligencias abiertas son fruto del informe realizado por el Consello de Contas sobre la estructura de personal de las entidades locales de Galicia en 2011 y 2012. Es en el mismo donde se hace mención a que el complemento de productividad está destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés e iniciativa con el que el funcionario desempeña su trabajo. Mantiene que las gratificaciones, en ningún caso, podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, sino que tendrán que responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo.

Contas señala que según la información facilitada por las entidades locales examinadas "tanto las diputaciones como seis ciudades que configuran la muestra especificaron que respetaron la limitación cuantitativa de los complementos de productividad y gratificaciones establecidas en el Real Decreto 861/1196, sin embargo, 23 ayuntamientos indicaron que no respetaron ese límite". Junto a los cinco ayuntamientos de A Coruña que figuran en la lista, están Cangas, A Estrada, Marín, Vilagarcía, Caldas, Cambados, A Guarda, Noia, Poio, O Rosal, Salceda de Caselas, Vilaboa, Alfoz, Barro, Mondariz, Pedrafita, Rábade y Vilardevós.

En sus conclusiones, Contas mantiene que la apreciación de la productividad deberá realizarse en función de circunstancias relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo y objetivos y que la asignación individual de las gratificaciones deberá ajustarse a los criterios que tenga establecido la entidad. La ley fija límites a la cuantía global del complemento e incluso ofrece un sistema para hallar la cantidad: "el precepto señala que los créditos destinados a complemento específico, complemento de productividad, gratificaciones y, en su caso, complementos personales transitorios, serán los que resulten de restar a la masa retributiva global presupuestaria para cada ejercicio económico, excluida la referida al personal laboral, la suma de las cantidades que al personal funcionario le corresponda por los conceptos de retribuciones básicas, ayuda familiar y complemento de destino.