El Tribunal Supremo ha anulado una decisión de la Xunta que permitía la prórroga de las concesiones de transporte público regular permanente de personas de uso general por carretera, según una sentencia divulgada hoy por la alta instancia judicial.

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) presentó en julio de 2010 un recurso contencioso administrativo contra el plan de la Xunta por entender que su normativa era "contraria a la competencia y a las normas comunitarias".

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo anula además una sentencia de mayo de 2012 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que desestimaba el recurso de la CNC contra la resolución de febrero de 2010 de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Medio Ambiente de la Xunta sobre esa prórroga de las concesiones.

La citada sala del Supremo señala que la cuestión de fondo del asunto es la de la compatibilidad de prorrogar las concesiones de transporte público por carretera más allá de los diez años en total e indica que la reglamentación de la Unión Europea es la que debe prevalecer.

Así, señala que la resolución de la Xunta de febrero de 2010 es "contraria" a la reglamentación de la Unión Europea que establece que "la duración de los contratos de servicio público será limitada y no podrá superar diez años para los servicios de autobús o autocar".