El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso presentado por Reganosa y, por lo tanto, ha confirmado la sentencia que anuló, el pasado mes de marzo, la autorización administrativa previa para la instalación de la planta de gas, informaron ayer fuentes judiciales.

Reganosa interpuso un incidente de nulidad de actuaciones contra el fallo del Alto Tribunal, que anuló en marzo la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas que le había otorgado en 2002 la autorización para la instalación de planta de gas natural licuado en Mugardos.

En el auto del Supremo, fechado el 25 de mayo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo asegura que no advierte "ninguna razón" para declarar la nulidad de actuaciones y, por lo tanto, confirma la sentencia a través de la cual estimó un recurso presentado por la Plataforma de Vecinos O Cruceiro de Mehá.

La empresa basó su recurso del 5 de mayo en un "error patente" en las fechas de dicho fallo, en el que se especifica que el PGOM de Mugardos, que data de junio de 2012, fue "aprobado con posterioridad" a la sentencia recurrida por la plataforma, que es de noviembre de 2012. La Sala concluye que, una vez "salvado el error" en las fechas, mantiene el argumento de su sentencia y conserva todas las consideraciones plasmadas en la misma.