La sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado "parcialmente" un recurso interpuesto por la CIG -apoyada por todos los sindicatos menos CCOO- que obliga a la entidad mercantil Servizos Agrarios Galegos Sociedade Anónima (Seaga) a cumplir los contratos de sus trabajadores de incendios durante toda la campaña de alto riesgo.

En el fallo, la sala sostiene que la empresa debe cumplir el turno del contrato firmado con la consellería de Medio Rural y que el personal dedicado a labores de acondicionamiento "debe ser contratado con anterioridad al inicio de la temporada y su contrato suspendido con posterioridad al final de la temporada" pero en ningún caso más tarde.

La CIG había acusado a Seaga de "piratear" días a la plantilla en los pasados años, en concreto 35 en el último, tras asegurar que, mientras la fecha de inicio de la ejecución de la encomienda de la campaña comienza el 1 de julio y va hasta el 31 de octubre, muchos trabajadores no eran llamados hasta el día 15, además de acabar los contratos unos 15 días antes del remate fijado de campaña.

El pasado 26 de abril, la CIG había presentado una demanda contra la empresa de conflicto colectivo por incumplir ésta las encomiendas de gestión, aprobadas por la Xunta.

Entonces, la empresa alegó que dichos contratos "no abarcan la totalidad de los periodos declarados como de peligro alto de incendios" y que el motivo del retraso de la incorporación respondía a la necesidad de "realizar labores de despliegue del dispositivo, formación del personal y entrada progresiva en función del turno".