El Consello de la Xunta aprobó ayer de forma definitiva del decreto que regula el alquiler de pisos, casas y apartamentos a turistas en Galicia y en el que se fijan con detalle las obligaciones y requisitos necesarios para ejercer esta actividad. Según destacó el titular del Eejcutivo gallego, Alberto Núñez Feijóo, con esta medida se trata de garantizar la calidad de los servicios prestados y de "evitar el intrusismo y la competencia desleal".

Los propietarios de los inmuebles que se alquilan por cortos periodos de tiempo tienen hasta abril para adecuarse a las disposiciones que marca el decreto. En un principio, la regulación iba a entrar en vigor antes de Semana Santa, pero finalmente la Xunta decidió incorporar un plazo transitorio de tres meses, por lo que su implantación será en verano.

La norma regula los requisitos mínimos que deben reunir los pisos en alquiler en cuanto a superficie, acceso, servicios o comodidades, pero también el trámite burocrático que se debe seguir para ejercer la actividad dentro de la ley. El propietario, para iniciar su actividad conforme al decreto, deberá primero remitir a la Xunta una declaración responsable en la que garantiza el cumplimiento de los requisitos para acto seguido quedar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia, pero también deberá realizar una comunicación previa al ayuntamientos, contar con un seguro de responsabilidad civil y tener un libro de visitas, hojas de reclamación y una sala de recepción o, en su defecto, un teléfono de atención las 24 horas para los clientes. Además, deben ser alquiladas enteras, no por habitaciones, estar amuebladas y disponer de calefacción.

Hasta el año 2013 no había distinción entre el régimen de alquiler de pisos por parte de particulares. Todos se regían por la Ley de Arrendamientos Urbanos, sin importar que los contratos fueran de larga duración, por meses, semanas o días. Pero el Ministerio de Fomento reformó la ley y sacó de su amparo los pisos turísticos, encomendando su regulación a las comunidades, ya que son las que disponen de las competencias en turismo. La Xunta modificó la Lei de Turismo en 2015, calificando como pisos turísticos los que se alquilen por estancias inferiores a treinta días seguidos.

La nueva norma les aplicará a los pisos vacacionales el mismo régimen de sanciones habilitado para el sector profesional, lo que supone una multa mínima de 901 euros para quienes alquilen los pisos sin haber presentado ante la Administración la correspondiente declaración responsable, que a efectos prácticos funciona como una autorización administrativa o licencia.

El Clúster Turismo de Galicia, que agrupa al 95% del sector, felicitó ayer al Gobierno gallego por la aprobación de la norma, dado que permitirá que toda la oferta de alojamientos funcione de forma "reglada" y atajar "algunos de los problemas que se asocian a las prácticas de alquiler de viviendas particulares para usos turísticos como la competencia desleal o la falta de transparencia fiscal".