La sección segunda de la Audiencia de Ourense ha desestimado la recusación presentada por el presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar, contra la juez Eva Armesto, encargada de investigarle por los supuestos delitos de prevaricación, tráfico de influencias y acoso sexual por considerar que no queda probado interés o enemistad con ninguna de las partes personadas.

Las defensas de Manuel Baltar y de su padre José Luis Baltar, habían solicitado la recusación de la titular del Juzgado de Instrucción número tres, encargada del caso abierto tras la denuncia formulada en octubre de 2015 por una mujer que acusó al presidente de la Diputación de ofrecerle un puesto de trabajo a cambio de sexo.

Manuel Baltar y José Luis Baltar argumentaban su reclamación en los puntos nueve y diez del artículo 210 de la Ley de Ordenación del Poder Judicial, que posibilitan la recusación en caso de existencia de una amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes, así como un interés directo o indirecto en la causa.