Las sentencias dictadas en febrero y marzo por el Tribunal Constitucional abren paso a que más de 18.000 contribuyentes gallegos reclamen contra el pago del impuesto de plusvalías en ciertas circunstancias.

-¿Quién puede reclamar contra las plusvalías municipales? Pueden hacerlo aquellos propietarios de inmuebles que, al venderlos o heredarlos, son obligados a pagar el impuesto municipal sobre el incremento del valor del terreno a pesar de que ese aumento de valor no fue real.

-¿Cómo se puede reclamar la devolución? La reclamación ante los ayuntamientos es posible si la declaración del tributo se hizo mediante autoliquidación (por iniciativa del contribuyente) después de febrero de 2013 y por tanto no ha vencido el plazo de prescripción. Si la liquidación fue notificada por el concello, la impugnación sólo es en principio posible dentro del mes siguiente. En los casos prescritos o con resolución firme del ayuntamiento puede valorarse si procede emprender un procedimiento especial de revisión tributaria o reclamar responsabilidad patrimonial al Estado.

-¿Cómo se acredita que el valor del suelo ha descendido en lugar de aumentar? Según el criterio de las sociedades de tasación, no bastaría con presentar las escrituras de compraventa ni con aportar las estadísticas oficiales de precios inmobiliarios, sino que es necesario un informe técnico individualizado cuyo coste puede rondar los 800 euros.

-¿Cuántos casos de tributación irregular se han dado en Galicia? Tinsa estima que, entre compraventas, herencias y otros, se superaron los 18.000 casos entre 2013 y 2016.