Un juzgado de Pontevedra ha anulado una sanción de 3.005,07 euros impuesta por el Concello a un bar del casco viejo por consumo de alcohol por parte de una menor al no quedar demostrado que la bebida había sido suministrada por el propio establecimiento. La joven sí se encontraba en su interior con una copa en la mano a la 1.30 horas del 3 de mayo de 2015, lo que fue detectado por agentes de la Policía Autonómica, que levantaron un acta de infracción, que derivó en la citada multa municipal.

Después de varios recursos administrativos, los responsables del local acudieron al juzgado para tratar de evitar esta sanción y finalmente el juez les da la razón. La sentencia anula la sanción al "no quedar acreditado que ese alcohol hubiese sido vendido en el establecimiento". La resolución, conocida hoy lunes por el gobierno local, apunta que "es innegable que ha quedado acreditado sin género de duda lo expresado por los agentes en él acta de infracción, se considera que no ha quedado acreditado sin género de dudas" que la bebida fuera suministrada en el mismo bar, "que es lo que se sanciona" en la Lei de Prevención do consumo de bebidas alcohólicas en menores de idade.

Añade el juez que "ese día la menor se encontraba en el establecimiento con una bebida alcohólica", pero insiste en que no se sabe dónde la obtuvo y aplica por tanto el principio de "in debió pro reo". La sentencia, además, es firme y no es posible recurso alguno.