El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) archiva la investigación por los regalos del dueño de la empresa Monbus, Raúl López, al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, y su vicepresidente, Alfonso Rueda, al entender que no existe prueba alguna -tampoco aportada por la juez del caso, Pilar de Lara- de que las cajas de vino enviadas "por cortesía" a ambos dirigentes durante las Navidades de 2010 a 2013 supusiesen trato de favor alguno por parte del Ejecutivo al empresario.

El auto, notificado ayer, supone un nuevo varapalo a la juez De Lara, que se remitió al TSXG para intentar juzgar a Feijóo y Rueda, debido a su condición de aforados, por un posible delito de cohecho a tenor de las cajas de vino recibidas entre 2010 y 2013 y cuyo valor alcanza los 2.327 euros en total. Un día antes de conocerse el archivo de su reclamación, el Tribunal Supremo había optado por la misma decisión en el caso del eurodiputado socialista y exministro José Blanco y de los senadores del PP José Manuel Barreiro y Juan Antonio de las Heras, a los que De Lara también quería investigar por los mismos regalos, aunque de valor inferior a los recibidos por Feijóo y Rueda.Regalos "de cortesía" en Navidad

Los argumentos de ambos tribunales coinciden al no hallar relación entre un trato de favor de las administraciones y los regalos "de cortesía" propios de los "días navideños" enviados por López a una veintena de cargos públicos, entre los que se encuentran los citados y el expresidente de la Xunta Emilio Pérez Touriño, y su vicepresidente, Anxo Quintana, o el expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán, entre otros.

"La instructora no aporta dato alguno e incluso reconoce que se desconoce si la recepción de los regalos tuvo por objeto realizar en el ejercicio del cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo", razona el auto del TSXG, que descarta su competencia para determinar si existe o no delito para alegar que debe juzgar si las pruebas resultan lo suficientemente indicativas como para abrir una causa. Y establece que no, a pesar de que De Lara recuerda que entre 2005 y 2014 Monbus recibió contratos autonómicos por 23,7 millones de euros y ayudas del Igape, así como mantuvo en su accionariado a la Xunta a través de Sodiga entre 2002 y 2013. López, también es miembro de la Fundación Gaiás.

De Lara, que dirige también otros casos de presunta corrupción como la Pokemon, sospecha, tras recibir de Vigilancia Aduanera la información de las cajas de vino enviadas a los políticos, que López aplicaba una estrategia empresarial en la que cada año agasajaba por Navidad a multitud de cargos públicos y dirigentes de diferentes partidos "con la finalidad de propiciar una buena relación entre el grupo empresarial que dirige y las distintas administraciones públicas y, de esta manera, obtener más ventajas y facilidades en la consecución y adjudicación de contratos y servicios".

Con ese punto de partida ya forzó la declaración de algunos políticos o expolíticos, como Louzán, pero para sentar ante sí a Feijóo y Rueda debía contar con el apoyo del TSXG debido a su condición de aforados, puesto que son diputados autonómicos -en el caso de Blanco, Barreiro y De las Heras la competencia radica en el Supremo- y el tribunal tumbó sus argumentos.

El auto del TSXG, ante el que cabe recurso, alega que los regalos "se enviaron a una pluralidad de personas, algunas de ellas ajenas a la condición de autoridad o funcionario público, [...] y, en consecuencia, no se aprecia un serio riesgo de que el servidor público pudiera haber quedado comprometido eventualmente por influencias ajenas al interés general".

Establece que la frontera entre lo "punible o no" depende de los usos "de cortesía" y que, en el caso de Feijóo y Rueda, no debe aplicarse el posible delito de cohecho "mientras los regalos o dádivas sean de ínfimo valor o representen un comportamiento no sujeto a reprobación social".

Código ético

Además, recuerda que las cajas de vino fueron aceptadas -no consta su devolución- antes de la aprobación del código ético de la Xunta, que veta las dádivas superiores a 90 euros aunque sin establecer castigos, en fechas "navideñas" y usando empresas comunes de paquetería, por lo que no concurrió ningún afán de "clandestinidad". También cuestiona el criterio de De Lara para establecer la frontera entre prácticas punibles y no los 400 euros que separan los delitos leves de los menos leves.

Por otro lado, el TSXG se declara incompetente sobre el caso de Alejandro Gómez Alonso, diputado del PP durante las dos legislaturas que van de 2005 a 2015. La juez lo citó en la lista de perceptores de regalos, pero indagó en el TSXG si era aforado en noviembre, dos meses después de las elecciones autonómicas en que Alonso ya no formó parte de las listas del PP.