"Fumé solo un porro anoche". "Hace más de una semana que consumí cocaína". Son algunas de las explicaciones que escuchan a diario los agentes de Tráfico tras saltar el pitido del narcotest que revela un positivo en cannabis, cocaína o opiáceos. Son cada vez más los conductores que ponen en duda la fiabilidad del aparato utilizado por la DGT para detectar el consumo de drogas en el organismo, unas discrepancias sobre el resultado que ha llevado a una juez de Vitoria a recurrir ante Tribunal Constitucional la prohibición de conducir bajo los efectos de las drogas. El fallo que acaba de dictar el Alto Tribunal tumba cualquier duda sobre la validez de los narcotest, con indiferencia del tiempo que se haya consumido antes de ponerse al volante.

Para el Constitucional no cabe duda alguna, la multa debe aplicarse al detectar un positivo por drogas al volante ya que se protege algo esencial: "La seguridad vial". "No es relevante, a efectos de legalidad sancionadora, si las drogas consumidas influyen o no en la conducción para incurrir en la infracción administrativa ni que las drogas puedan permanecer en el organismo más tiempo del que duran sus efectos", recoge el Alto Tribunal, desestimando así el típico argumento de conductores que alegan haber consumido días antes o que ya se le pasó el efecto de las drogas. Para el Constitucional, el "objetivo clave" de la Ley de Tráfico es "salvaguardar la seguridad vial de todos los ciudadanos y hacerlo con las garantías jurídicas básicas de un Estado de Derecho".

El coordinador de la creación y puesta en marcha de los narcotest, el catedrático de Toxicología de la Univesidade de Santiago Manuel López-Rivadulla, explicaba en una reciente entrevista con este periódico el alcance de las drogas al volante. ¿Con qué consumo se da positivo? El aparato de control parte de un "punto de corte" que el legislador ha establecido para determinar que esos niveles de consumo afectan a la conducción y, por tanto, da como resultado positivo en la prueba. En el caso del cannabis, el narcotest arroja un positivo si se ha fumado hasta 9 horas antes y en cocaína, si se ha consumido entre tres y cuatro horas.Balance en Galicia

Los datos hablan por sí solos. Solo el año pasado en Galicia fueron interceptados un total de 4.967 conductores bajo las influencias de las drogas, lo que supone una media de 13 cada día. La tendencia ha sido al alza en los últimos años en las carreteras de todo el país. En el caso concreto de la comunidad gallega, solo en el último año el repunte de positivos por drogas roza el 22% -en 2016 fueron 4.075 los automovilistas denunciados-. ¿La sanción? Mil euros y la retirada de seis puntos del carné.

Un estudio pionero realizado de forma conjunta entre el Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil revela que uno de cada tres conductores responsables de accidente mortal en la comunidad dio positivo en alcohol o drogas.

Recurso al Constitucional

La controversia planteada ante la máxima autoridad de Justicia por la magistrada de Vitoria sobre los narcotest se centraba en determinar si es o no constitucional multar sin acreditar que la droga condiciona la capacidad de conducción. En el recurso interpuesto desde el Juzgado del Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria se advertía de que el consumo de sustancias de estupefacientes "no está sancionado" en el ordenamiento jurídico, salvo en la normativa de Tráfico, en la que la prohibición se aplica "sin que guarde relación" con su influencia o no en la conducción.

El Alto Tribunal es tajante al no admitir a trámite la cuestión de insconstitucionalidad planteada desde País Vasco. Según el Constitucional, se dan las circunstancias de "certeza y seguridad jurídica" que garantiza el principio de legalidad sancionadora al sancionarse en la Ley de Tráfico la conducción con presencia en el organismo de alguna droga, influya o no su consumo en la conducción ya que se expresa de "manera clara, precisa y de forma inteligible la conducta prohibida".

Además considera adecuado no restringir el concepto de drogas a unas determinadas dada la proliferación de las llamadas drogas de diseño, que cambian con facilidad, por lo que nada impide que puedan surgir otras nuevas que no estarían recogidas si se detallasen específicamente las sustancias en la Ley de Tráfico.

Y finalmente, el Constitucional también tiene en cuenta el trato diferente que establece la ley a quienes conducen con presencia de drogas en el organismo si ha sido prescrita por un médico y esa sustancia no influye en su capacidad de conducir, tal y como plantea la juez que recurrió la legalidad de los narcotest. Para el Alto Tribunal, esta distinción no solo no es arbitraria, como se plantea en la cuestión de inconstitucionalidad, sino que además es "proporcional".