El castigo a los establecimientos que incumplan su horario de cierre se agravarán a partir del 1 de julio y oscilarán entre los 301 y los 30.000 euros e incluso el cierre durante un año. Así lo establece la nueva Lei de Espectáculos Públicos, que eleva un escalón estas multas, que pasan de infracción leve, como están catalogados actualmente con hasta 300 euros de sanción, a graves, categoría que en la actualidad solo se alcanza con reiteración. El máximo castigo seguirá fijado en los 600.000 euros para los locales que sumen dos sanciones graves en un año. Además, la nueva legislación fija claramente que son los municipios los que deben incoar los expedientes y aplicar las correspondientes sanciones.

La nueva normativa también castiga con dureza tanto el exceso de aforo como la reventa de entradas, sancionados con entre 30.001 y 600.000 euros, en el primer caso, y entre 301 y 30.000, en el segundo. Además, ambas infracciones podrán ser alegadas por las autoridades para suspender de forma inmediata un espectáculo público si se percibe "riesgo grave o peligro inminente para la seguridad de las personas", una cláusula en la ley que pretende evitar tragedias como la del Madrid Arena, recinto en que en 2012 fallecieron cinco jóvenes por aplastamiento durante un concierto tras colapsarse el recinto por exceso de público y carecer de las medidas de seguridad necesarias.

Los artistas que se nieguen actuar también podrán ser castigados con entre 301 y 30.000 euros y las verbenas vecinales deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil, aunque no se les exigirá licencia municipal.