ANTARES PÉREZ | ARTEIXO
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de A Coruña ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa Construcciones Pan y Díaz contra el Concello de Arteixo por decretar en 2008 la suspensión cautelar de las obras que la entidad Cancela Esmorís realizaba en la cantera de Barrañán.
El juez ha dado la razón al Ayuntamiento y ratificado la orden de paralización de las obras de extracción y tratamiento de granulados que la empresa ejecutaba en suelo rústico de protección de costas sin disponer de las preceptivas licencias municipales y autonómicas. El fallo no es firme y los demandantes pueden interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El juzgado ha desestimado las razones argüidas por la demandante, que exigía que se anulase la resolución de Alcaldía al considerar que la licencia solicitada para la ampliación o reforma de la cantera había sido otorgada por silencio administrativo en 2003. El magistrado rechazó sus argumentos al considerar que en este caso "no puede hacerse valer las reglas del silencio sobre la obra en su conjunto", ya que fueron los trabajos de ampliación de una planta de trituración de áridos en 2008 los que forzaron la intervención del Concello.
Orden de regenerar la zona
La Consellería de Medio Ambiente incide en el documento de referencia que servirá de guía del plan general en la necesidad de regenerar la zona degradada por la cantera de Barrañán y restablecer el ámbito a su estado anterior. La Xunta apela a los daños que la actividad minera ha causado en una zona incluida en el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) A Costa da Morte y en el Espazo de Interese Natural do Carrizal y dunas de Barrañán.
El suelo donde se ubica la cantera afecta también a ámbitos destinados a equipamiento y a infraestructuras.