La Fiscalía ha reclamado hoy que se vuelva a juzgar con un nuevo jurado popular al joven que fue absuelto pese a que estaba acusado de matar a un amigo en Carral (A Coruña), mientras que la acusación particular ha solicitado que se imponga una condena por asesinato.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha acogido hoy la vista de apelación, promovida por la Fiscalía y la acusación particular, contra la sentencia que absolvió a Horacio Longueira, al que un jurado popular declaró el pasado 8 de abril "no culpable" de la muerte de un amigo en septiembre de 2009 en la localidad de Carral.

Horacio Longueira fue juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña como responsable de causar la muerte por un disparo a David Pérez Cacheiro, del que era amigo de la infancia.

En la vista oral del juicio, el acusado declaró que el disparo que causó la muerte a la víctima se produjo de forma fortuita después de que llevara todo el día bebiendo alcohol y hubiera ingerido unas 25 o 30 cervezas.

La fiscalía solicitaba para el acusado, que se encontraba en prisión preventiva desde los hechos, una pena de 17 años de prisión por asesinato, aunque dijo que desconocía cual pudo ser móvil, y tres por tenencia ilícita de armas, mientras que la acusación particular elevó la petición de pena por asesinato a 20 años y mantuvo la de tenencia ilícita de armas.

El letrado de la defensa, Víctor Espinosa, solicitó y logró la libre absolución en el caso de la acusación de asesinato, y reconoció que sí de produjo el delito de tenencia ilícita de armas.

Por este delito, Longueira fue condenado a una pena de 3 años, aunque abandonó la prisión tras el juicio debido a que había permanecido encarcelado desde septiembre de 2009.

Durante la vista de apelación que se ha celebrado hoy la Fiscalía ha argumentado que en su veredicto de absolución el jurado popular ofreció unas explicaciones "incongruentes, insuficientes y contradictorias".

Además, ha precisado que la ausencia de móvil esgrimida por el jurado para sustentar su decisión no es determinante y sí la "conciencia y voluntariedad", que en este caso se dan según el fiscal.

Por su parte, el letrado de la defensa, Víctor Espinosa, ha pedido al tribunal que confirme la absolución y ha recalcado que todo lo que dice el veredicto "no es ilógico porque utiliza la más pura silogística y tampoco es contrario al sentido común".

El 16 de septiembre de 2009 Longueira y Pérez, tras haber pasado todo el día juntos en varios bares de Carral, decidieron desplazarse al domicilio del primero para ver el partido de la Liga de Campeones entre el Real Madrid y el FC Zúrich.

Alrededor de las 21:30 horas se produjo un disparo que terminó con la vida de Pérez, lo que, según sostuvo la defensa en el juicio, ocurrió de manera accidental, puesto que ambos eran amigos y se encontraban borrachos en el momento del disparo.

En su declaración durante el juicio, el acusado insistió en que David era su "mejor amigo" y que el disparo que acabó con su vida de produjo de forma fortuita cuando iba a enseñarle el arma a causa de la cantidad de alcohol que había bebido.

Sobre el arma, explicó que se la "regalaron" en 2004 con dos cargadores y munición, y que la tuvo enterrada en un paraje cercano al pueblo dentro de un envase de plástico y envuelta en una bolsa de basura, desde entonces hasta un mes antes de que se produjeran los hechos, cuando se acordó de ella y fue a comprobar en qué estado se encontraba y decidió llevarla a su casa.