El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia obliga al Ayuntamiento de Arteixo a readmitir a las dos arquitectas cesadas. El Alto Tribunal ha desestimado el incidente de inejecución presentado por el Concello de Arteixo contra el auto del 28 de junio de 2012 que anulaba el acuerdo del Gobierno local por el que se aprobó el cese de la arquitecta Luisa Aba Garrote y María Jesús López y la reposición como arquitecto interino de Agustín Lesta.

Los jueces obligan al Concello a readmitir a las dos trabajadoras y cesar al actual arquitecto interino. La sentencia es firme.

El Superior no admitió ninguno de los argumentos esgrimidos por el Concello de Arteixo que, a través de los servicios jurídicos de la Diputación, interpuso un recurso contra la readmisión de las dos trabajadoras alegando que la anulación del concurso público de 1999 anulaba a su vez la convocatoria del de 2008, por la que accedieron Luisa Aba Garrote y María Jesús López, las dos arquitectas cesadas.

El Gobierno local intentó evitar su readmisión amparándose en el hecho de que el Concello solo disponía de dos plazas de arquitecto y no tres. Su alegato no convenció a los jueces. Más bien todo lo contrario. El TSXG reprende con dureza al Concello por su proceder en este proceso, que se remonta ya a 1999. Los jueces responsabilizan al Consistorio de los sucesivos errores en la ejecución de la sentencia que en 2003 anuló las bases del concurso de 1999.

"Las dificultades generadas en la ejecución han tenido su origen en buena parte en un error cometido por el Concello al convocar en 2008 dos plazas de arquitecto municipal", recoge la sentencia, que reprocha al Concello el hecho de que convocase este nuevo proceso "en vez de limitarse a redactar dos nuevas bases en lugar de las anuladas" y valorar a los arquitectos Enrique Roel (el que obtuvo finalmente la plaza) y Agustín Lesta con arreglo a ellas. "La actuación anómala del Concello se extiende al acordar, en base a una supuesta ejecución, el cese" de las dos arquitectas "que superaron el proceso selectivo, pretendiendo ahora despojarlas de su condición de funcionarias de carrera", critica el TSXG.

Los jueces advierten que "una vez adquirida la condición de funcionarias en el organigrama municipal es el Concello quien debe preocuparse de buscarles a ambas la ubicación, pues fue él quien generó la actual situación" y le recuerda además que en la plantilla de personal de 2012 aparecen tres plazas.