El consello escolar del colegio de A Rabadeira, en Oleiros, presentó su renuncia el pasado lunes tras conocer la resolución de la Consellería de Educación de crear una plaza más en el servicio de comedor para dar cabida a un niño, hijo de una alto cargo de la Xunta, que inicialmente se había quedado en la lista de espera de los solicitantes fuera de plazo. Este alumno fue dado de alta en el servicio de comedor el pasado martes día 6.

La Jefatura Territorial de la Consellería de Educación explicó ayer que se aumentó el número de plazas del comedor escolar de las 325 de siempre a 326 para este curso debido a que los servicios jurídicos estimaron el recurso de alzada presentado por los padres contra la decisión de excluirles de este servicio del colegio por presentar la solicitud fuera de plazo.

Este departamento destacó que solo se presentó este recurso contra la asignación de plazas y por eso solo se creó una plaza más y para este alumno, que salió así de la lista de espera con solicitud fuera de plazo, en la que hay actualmente 13 pequeños. En la lista de espera de alumnos con solicitud presentada en plazo hay otros 18.

El consello escolar está compuesto por el director del centro, la jefa de estudios, el secretario, cinco profesores como representantes de los docentes, cuatro padres representantes de los progenitores de los alumnos, un representante del personal no docente y otro del Concello.

El director del colegio de A Rabadeira, José Luis Río, solo quiso confirmar ayer la dimisión del consello escolar (no la suya por no ser elegido sino designado) por el incremento de una plaza en el servicio de comedor. Una madre integrante del consello escolar explicó que la razón de la dimisión en bloque fue el desacuerdo y discrepancia con la decisión de la Xunta de crear una plaza más para que ese niño tuviese un puesto en el comedor.

Los padres del alumno (abogados), en su recurso de alzada contra el listado definitivo de alumnos presentado el pasado 11 de septiembre en la consellería, alegaron que en la solicitud para uso de transporte escolar del centro, presentada el 20 de junio, pusieron una cruz en el horario de salida del bus de 14.00 y 15.00 horas, siguiendo una circular del centro que decía que "los que soliciten comedor marcarán los dos (horarios)" y luego en el centro se eliminará "lo que no proceda". Los progenitores explicaron que esa solicitud revelaba ya su "voluntad expresa" de solicitar el uso de comedor escolar.

Los padres del niño también alegaron que la normativa no hace referencia a la existencia de "plazo ninguno para la presentación de solicitudes", por lo que el "único requisito exigible" sería que éstas fuesen presentadas antes de su remisión al consello escolar".

La normativa de la Xunta sobre el funcionamiento del comedor escolar en centros docentes públicos dependientes de la Consellería establece que siempre que haya más solicitudes que plazas, como en el caso de A Rabadeira, es el consello escolar el que selecciona y barema.

Los padres ven improcedente la exclusión de su hijo por un "incumplimiento de un breve plazo establecido por el centro" (presentó la solicitud con cuatro días de retraso) y "máxime si se tiene en cuenta que este ya había manifestado su intención inequívoca de usar el servicio de comedor al solicitar el transporte" y sobre todo porque el menor ya usaba este servicio desde hacía cuatro años.

Estos recurrentes señalaron también que su hijo reunía las condiciones que marca la Consellería de Educación para acceder al servicio de comedor y alertaron de que "el rigor con que el centro aplicó un breve plazo" para presentar solicitudes implica "la consecuencia indeseable" de excluirlo cuando "legítimamente tiene derecho".

El jefe territorial de la Consellería de Educación resolvió el pasado 19 de septiembre estimar el recurso de alzada y reconocer el derecho de este niño a ser incluido "en el listado de alumnado admitido en el servicio de comedor".

Contra esta resolución se puede presentar recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en el plazo de dos meses.