La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto a Telefónica España, SA, dos multas de 10.000 euros cada una por cometer dos infracciones graves por utilizar datos personales de una vecina de Oleiros sin su permiso e incluirla en un fichero de morosos sin tener ninguna deuda. Esta oleirense presentó la denuncia contra Telefónica ante la Guardia Civil en diciembre de 2010 aunque la Agencia de Protección de Datos no emitió su resolución hasta hace unas semanas.

La afectada se enteró por su banco de que Telefónica había incluido sus datos personales (nombre y número de DNI) en el Servicio Nacional de Información sobre Ficheros de Morosos (Asnef) por, supuestamente, tener una deuda de telefonía de 155,30 euros.

Telefónica en primer lugar alegó que el procedimiento estaba caducado porque había transcurrido más de dos años desde la presentación de la denuncia, en 2010. La Agencia de Protección de Datos rechazó este argumento porque advirtió que el plazo contaba desde la notificación del acuerdo del procedimiento, y ésta se había producido hacía menos de un año, así que aún caducaba el 2 de febrero de 2013.

La agencia de protección de datos constató en su investigación que Telefónica incluyó los datos personales de esta mujer sin su consentimiento y además por una deuda que no era cierta porque se demostró que no había sido ella quien había contratado la línea telefónica. Esta mujer llamó al servicio 1004 de Telefónica precisamente informando de un posible fraude.

Protección de Datos constató que Telefónica no sólo transmitió información sobre la solvencia patrimonial de esta oleirense sino que también trató automatizadamente dichos datos de solvencia en sus propios ficheros, los comunicó, decidió sobre la finalidad del tratamiento, el contenido de la información y su uso. Por esta razón multó la multinacional con 20.000 euros por dos infracciones graves por tratar datos personales de la denunciante sin su consentimiento y por no actualizar los datos y tenerlos "al día".