El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una providencia en la que plantea que sea el Tribunal Constitucional el que resuelva qué mayoría era necesaria en el pleno, si la absoluta o dos tercios, para dar luz verde a la fusión de los municipios de Oza y Cesura, aprobada de forma definitiva en enero de 2013 con el apoyo del Partido Popular y los votos en contra de PSOE y BNG.

El Superior, en una resolución notificada ayer a las partes, subraya que la Ley de Administración Local de Galicia de 1997 aplicable a este caso "puede ser contraria a la Constitución. Esta ley exige en su artículo 32 una mayoría cualificada de dos tercios para la aprobación de un asunto mientras que la Ley de Bases rebajó la exigencia para la aprobación de la unión voluntaria de municipios a la mayoría absoluta.

Al producirse una contradicción entre dos leyes (una estatal y otra autonómica) el único órgano competente para resolver y en su caso anular una disposición autonómica es el Tribunal Constitucional y por eso el Superior ha decidido elevar la cuestión a este órgano, aunque da un plazo a las parates para que presenten alegaciones.

Tanto el PSOE como el BNG de los municipios fusionados presentaron ante el TSXG recursos contra la fusión, que fueron admitidos a trámite