El Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia (COAG) ha vuelto a ganar, y por el mismo asunto, al Concello de Oleiros, que de nuevo tendrá que anular la ordenanza de edificación por ser más exigente que la legislación estatal y autonómica.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una sentencia emitida hace unas semanas, da la razón al colegio de arquitectos y acuerda anular la Ordenanza Reguladora del Procedimiento para Solicitar Licencias de Edificación y Usos de Suelo, en vigor desde febrero de 2009, porque exige una documentación propia de un proyecto de ejecución cuando la legislación y la jurisprudencia dice que el proyecto básico es suficiente para pedir la licencia de obras. El Tribunal Superior da la razón punto por punto al COAG en que la ordenanza de Oleiros "exige proyecto con condiciones que van más allá de un proyecto básico" y el Concello carece de competencia para exigir más que dicho proyecto básico.

Los magistrados coinciden con los arquitectos en que el Ejecutivo local en la ordenanza exige un proyecto pero solo de manera formal porque la documentación que pide es más propia de un proyecto de ejecución y para eso no tiene competencia.

El Concello por ejemplo solicita datos sobre la estructura de la obra ("cimentación, estructura portante y estructura horizontal"), el sistema envolvente, los acabados, el sistema de compartimentación, la seguridad estructural y de utilización, salubridad, protección frente al ruido, ahorro de energía, información geotécnica, estudio de seguridad y salud, alzados secciones y planos, entre otros. Todos estos datos "corresponden a la fase del proyecto de ejecución" pero en Oleiros "se incluyen en la documentación mínima que tiene que tener el proyecto para solicitar licencia", según destacan los magistrados.

El Superior destaca que la ordenanza de forma "implícita" exige datos que están vinculados también al proyecto de ejecución, como los planos de estructuras, que obligan a hacer cálculos y dimensionados. Es decir, se exige más de lo que se dice expresamente.

En 2008 un juzgado de A Coruña ya anuló la anterior ordenanza de obra mayor de Oleiros por razón similar y el Ejecutivo explicó entonces que al exigir más se ganaba tiempo y trabajo a los funcionarios, al no tener que intervenir tantas veces en el mismo expediente.

El COAG señaló en el pleito que Oleiros, tras anularse la ordenanza dictada por el alcalde en 2007, volvió a intentarlo pero pasándola por el pleno, órgano que la aprobó en noviembre de 2008. Los arquitectos ya presentaron recurso de reposición contra esta aprobación y fue desestimada por el pleno en 2009.