El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de rechazar un nuevo recurso de los numerosos presentados por los propietarios de la Quinta Penatouro en la playa de Mera. En este caso los magistrados han rechazado que el Ayuntamiento de Oleiros incumpliese un viejo convenio urbanístico con los dueños y aseguran que nada avala su pretendido derecho a tener "intacta" la finca, además de negarle el cobro de indemnización por daños y perjuicios (que ya había intentado por otra vía y que el Superior le negó en otra resolución judicial en 2012).

El Concello y la familia de la finca acordaron hace años un convenio urbanístico por el que el Ejecutivo le clasificó como parcelas urbanas partes de la quinta y a cambio el Gobierno local se hizo con una parte de la finca, un trozo del acantilado antes del muro. Oleiros obtenía así el suelo necesario para prolongar el paseo marítimo y conectarlo desde la playa de Mera hasta la de Espiñeiro. Sin embargo cuando fue a hacer la obra se le negó el paso y el Ayuntamiento tuvo que pedir autorización judicial, que obtuvo en 2009, para hacer la senda, además de realizar una expropiación (que la familia también recurrió y perdió).

El TSXG da la razón al Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 4 de A Coruña que en noviembre de 2013 también rechazó el recurso de los dueños de Penatouro. Éstos argumentaron supuestas omisiones en la sentencia del juzgado, como la no pronunciación sobre el incumplimiento del convenio. Aseguraron que ya tenían "patrimonializado su derecho a que se mantenga intacta la finca singular de Penatouro" gracias al convenio incorporado al plan general de 1997 pero el Concello luego "anuló el pacto".

Le achaca además que "se omitió el documento de cesión expresamente pactado". También solicitó, como pretensión subsidiaria, daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial ante el incumplimiento de dicho convenio.

El Superior asegura que no hubo "funcionamiento anormal" del Concello en este caso y respecto a la supuesta "patrimonialización de su derecho a que se mantenga intacta la finca singular" los magistrados constatan que desconocen "qué norma ampara" tal pretensión.

El tribunal subraya además que el convenio firmado en su día no habla de ningún "otorgamiento de la escritura pública de transmisión" del terreno. Recuerda también que "con el plan general de 1995 se ejecutó lo convenido" y cuando se hizo una modificación del planeamiento en 2003 "el convenio ya estaba ejecutado".

Recuerda además que el convenio para que obtenga su "perfección" debe ser ratificado. Respecto a las pretensiones de indemnización de la recurrente "han de ser ventiladas en la expropiación".

El TSXG por lo tanto desestima la apelación de los propietarios de Penatouro en una sentencia sin posibilidad de recurso ordinario y además le impone las costas.

Estos afectados ya perdieron en 2012 un pleito contra la resolución del Concello de expropiarle terrenos para ejecutar la segunda fase del paseo marítimo al argumentar la nulidad del expediente por no haber intervenido la Dirección General de Patrimonio de la Xunta por ser una finca protegida. Para hacer el paseo perdieron parte del terreno, un cenador, unos muros y la caseta del perro. Los propios magistrados resaltaron que dicha expropiación había sido "estudiada a fondo" en distintas sentencias.

En 2010 también perdieron otro juicio en la Audiencia Nacional, donde había recurrido el deslinde de Costas que dejaba esta espectacular vivienda dentro del dominio público. Al perder la familia del Penatouro optó por tramitar ante Demarcación de Costas una solicitud de concesión sobre estos terrenos el pasado mes de agosto.