Llevar muchos años realizando una actividad sin licencia "no legitima" dicha actividad. Es lo que concluye el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en una sentencia de hace dos semanas en la que rechaza la impugnación del club La Fuente de Bergondo y confirma la resolución del Ayuntamiento de enero de 2014 por la que le abrió expediente de reposición de la legalidad urbanística y le ordenó el cese inmediato de su actividad, desarrollada durante 16 años con permiso de carpintería. La sentencia es firme.

El Superior rechaza todas las alegaciones del que en su día fue el mayor club de alterne de la comarca, incluso la de caducidad del procedimiento porque "no procede". Los magistrados también señalan que el cese de actividad decretado por el Concello "perdió su objeto" antes de caducar el procedimiento porque los responsables ya no pueden desempeñarla ya que el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Betanzos practicó el desahucio de las instalaciones, aunque sea obligatorio resolver la apelación. El Complejo La Fuente entró en concurso de acreedores a finales de 2014 acuciado por las deudas al surgir una crisis en el sector desde 2009.