El concurso que licitó la Diputación provincial en 2013 para contratar el servicio de telefonía fija y móvil ha resultado de lo más tortuoso. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales acaba de anular la adjudicación por segunda vez después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le ordenase dictar una resolución "congruente".

Esta nueva resolución del Tribunal de Contratos, emitida el pasado 20 de mayo, ordena realizar una nueva adjudicación y además ordena excluir a R Cable por lo que solo quedará Telefónica como aspirante a hacerse con el contrato.

Telefónica tenía el contrato de telefonía de la Diputación pero en 2013 se sacó de nuevo a licitación por 2,2 millones de euros y se adjudicó a una competidora, R Cable, por cuatro años más prórroga por 450.000 euros anuales (incluido el IVA).

Telefónica presentó un recurso ante el Tribunal Económico contra dicha adjudicación y solicitó excluir a R Cable y dicho tribunal le dio la razón en una sentencia de 2014 en la que confirmó que "los pliegos no son claros" y "plantean dudas sobre la intención", mientras que algunas cláusulas de la licitación eran "oscuras" y "ambiguas". Es decir, que no permitían una lectura "unívoca" de los criterios de valoración mediante fórmula", por lo que ordenó anular la adjudicación y retrotraer el trámite y redactar unos nuevos pliegos "correctamente".

R Cable presentó un contencioso en el TSXG contra la resolución del Tribunal Administrativo. El Superior emitió sentencia en noviembre de 2015 en la que el fallo decía que dicha resolución del Tribunal Económico "no es congruente con la petición" que había hecho la recurrente y al no ser "conforme a derecho" procedía "anularla" y emitir otra "congruente, que decida, interpretando las normas aplicables oscuras en su caso, las cuestiones planteadas y las derivadas del procedimiento".

El Alto Tribunal gallego resolvió así que la resolución de la Sala de Recursos Contractuales debía ser anulada y dictar otra nueva. R Cable pidió una aclaración de sentencia pero se lo rechazaron. El pasado 18 de mayo el Tribunal Administrativo recibió la certificación de esta sentencia (seis meses de tardanza) y procedió a ejecutarla examinando de nuevo las ofertas de las empresas presentadas al concurso, Telefónica y R Cable.

El Tribunal de Contratos ahora ha analizado no la oscuridad de los pliegos sino solo las ofertas económicas y criterios no evaluables mediante fórmulas. Constató así que R Cable en la apertura de los sobres con las ofertas económicas, ponía como precios un guión seguido del símbolo del euro. La mesa de contratación pidió explicaciones y R le confirmó que sí, que eran cero euros durante toda la vigencia de contrato el coste de alta de línea, terminal, y coste mensual de consumo de cualquiera nueva línea.

La Diputación entonces le dio 10 puntos a la oferta económica y cero a Telefónica. Ésta última afirmó que cero euros es una oferta anormalmente baja, un servicio no podía ser gratuito y contravenía la legislación sobre competencia desleal. Recursos Contractuales concluyó que R ofertaba cero euros en los perfiles de línea porque su oferta total absorbía ese precio. Advirtió así que la oferta no tenía el detalle exigido por los pliegos por lo que supone una variación sustancial de dicho pliego.

"En ningún caso, de la oferta presentada se deduce que para la incorporación de nuevas sedes a la futura red multiservicio se aplique también una tarifa mensual de cero euros", concluye el tribunal, por lo que da la razón a Telefónica en que se debía excluir a R y así lo hace al mandar repetir el concurso y excluirla.