El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de A Coruña ha rechazado la indemnización de más de cuatro millones de euros que la sociedad Ánfora Azul le reclamaba al Concello de Sada por los daños y perjuicios que le causó la sentencia que anuló las licencias otorgadas por el Gobierno del exalcalde Ramón Rodríguez Ares en 2005 para construir cuatro edificios plurifamiliares, 24 viviendas en total, en suelo de núcleo rural en Os Tornos en Meirás, que hoy constituyen la urbanización La Soleada.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en sentencia de 2012, confirmó la anulación de las licencias de obra y de primera ocupación de estas viviendas construidas en suelo de núcleo rural (y que incluyen jardín, piscina y gimnasio privados). Esta sentencia en la práctica implica la demolición de lo construido aunque ninguna de las partes, ni la Xunta ni en su día el recurrente, el BNG, la solicitaron. Una parte de los chalés hace años que fueron vendidos y otros aún pertenecen a la promotora.

La promotora en 2014 reclamó 433.153 euros de indemnización por los resultados negativos de la promoción (diferencia entre el coste de construcción y las ventas efectuadas); otros 322.058 euros por los gastos después de las ventas; 32.381 euros por el incremento de costes; 2.591.228 euros por el lucro cesante (pérdida de beneficios); 621.909 euros por el coste de oportunidad; y 35.587 euros por los intereses que la empresa pagaba por un crédito hipotecario para hacer la promoción. En total, 4.036.316 euros, más el IPC actualizado más los intereses de demora en varios de estos conceptos, lo su sumaría cerca de 5 millones de euros.

El juzgado admite la "grave responsabilidad del Ayuntamiento" que en 2005 otorgó las licencias aunque sabía que los terrenos donde se iba a construir no eran "aptos" pero también subraya que "necesariamente el proyectista tenía que conocer el tipo de suelo" y al redactar el proyecto señaló que era "suelo urbano residencial" pero después reconoció que era de núcleo rural. Señala que la promotora acometió un "riesgo empresarial".

El magistrado subraya que para que el daño sea indemnizable éste tiene que ser real, y lo cierto es que las viviendas no han sido demolidas, así que no hay dicho daño. Rechaza la reclamación de gastos por las tasas de las licencias o constitución de la sociedad, y recuerda que no son indemnizables los gastos de compra del terreno, que aún pertenecen a la empresa. El juzgado niega también el lucro cesante, la pérdida de beneficios, porque "la promoción se vendió", todas las viviendas menos cinco que aún son de la empresa, y ninguna está demolido, es más, "se está pretendiendo su legalización con el cambio del uso del suelo". Añade que no es posible "conceder una indemnización en meras expectativas ya que el supuesto menor beneficio parte de un proyecto mal redactado y mal concebido". El juez impone las costas a la empresa, 2.000 euros. La sentencia es recurrible.

El Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Sada aprobado provisionalmente no legaliza La Soleada, sino que remite a un plan especial aunque reconoce que el tipo de construcción ejecutada "difícilmente puede ser integrado en la ordenación de núcleo rural".