El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en un auto emitido el pasado martes, ha resuelto que será el alcalde de Sada el que resuelva cómo interpretar y ejecutar la parte trascendental del fallo emitido el pasado 16 de mayo por esta misma Sala y que deja en el aire unos 60 puestos de trabajo en el Ayuntamiento.

El exconcejal del BNG Benedicto Álvarez denunció en su día las ilegalidades de la oferta de empleo público aprobada en 2006 por el Gobierno de Ramón Rodríguez Ares y el tribunal anuló en parte dicho proceso selectivo aunque la resolución del pasado mayo no especificaba cómo ejecutar el fallo por lo que tanto el Concello de Sada como el denunciante presentaron escritos de rectificación, complemento o subsanación de dicho pronunciamiento para saber cómo cumplir la decisión de los jueces.

El Alto Tribunal aclara lo que solicitaban las dos partes aunque corrige un error que fue señalado por Benedicto Álvarez, sobre la anulación del cuadro de personal del año 2006, anulación que queda sin efecto.

Respecto a las bases selectivas específicas de los puestos de psicólogo, perito agrónomo, director de la Casa de Cultura, agente de desarrollo local y auxiliar de biblioteca, el TSXG ratifica que están totalmente anuladas. Por lo tanto, deberá ir a pleno la reclasificación de estos puestos como funcionarios y no como personal laboral, tanto en el cuadro de personal (la plantilla) como en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). Después, el alcalde deberá redactar y aprobar una nueva convocatoria y nuevas bases para estos cinco puestos.

Sobre los restantes empleos de la oferta pública de 2006, casi sesenta (cuyas bases selectivas fueron parcialmente anuladas en el fallo respecto a la valoración de méritos), el auto emitido este martes por el Tribunal Superior no aclara totalmente lo que solicitó el Concello sobre si pueden mantenerse los otros actos y trámites del proceso selectivo realizado en 2006 (el baremo no anulado de la fase de concurso o en su caso la oposición).

El tribunal no se pronuncia sobre la posible conservación del resto del baremo del concurso (otros apartados de méritos), o los exámenes realizados en la fase de oposición, por lo que esta cuestión relevante se resolverá en trámite de ejecución de sentencia. Una vez que el alcalde dicte una resolución sobre la ejecución de la sentencia, deberá enviarla al Tribunal Superior de Galicia ya que será esta Sala la que determine si dicha resolución se ajusta a su fallo judicial.

El auto emitido por el TSXG este martes, no obstante, no es firme, por lo que cualquiera de las partes personadas pueden presentar aún un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.