El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso de la concesionaria de la piscina y el pabellón polideportivo de Sada, Hebe Sport, que reclamaba al Concello 144.659 euros en concepto de indemnización por la ruptura del equilibrio económico-financiero del contrato a raíz del incendio que registró el complejo en 2009.

La sala ha ratificado una sentencia de primera instancia y ha desestimado los argumentos de la concesionaria, que apeló al perjuicio que le supuso que la piscina permaneciese cerrada durante 16 meses por el supuesto retraso en reparar los daños causados por las llamas.

La gestora consideraba que la sentencia que le denegó el derecho a una indemnización no estaba suficientemente motivada y que se basaba en una valoración errónea de las pruebas. La empresa alegó que el Concello no había cumplido los plazos de reparación del complejo, que su obligación se limitaba a suscribir una póliza de responsabilidad civil y no de daños y que el Consistorio se había comprometido a mantener el equilibrio económico financiero de la concesión.

Desde Hebe Sport argumentaban que el "injustificado retraso de las obras de reparación" había generado una alteración del equilibrio económico "cuya reparación no era posible con la revisión de precios", por lo que, consideraban, "debía entrar en juego la compensación".

Los jueces han desestimado accidente todas las alegaciones de la empresa. La Sala rechaza el alegato de Hebe Sport al entender que en su apelación "confunde" el desequilibrio económico, el incumplimiento de las obligaciones contractuales y el funcionamiento anormal de la administración.

Los jueces inciden en que la empresa no ha podido probar que el incendio fuese un daño imputable al Concello. "No existe comunicación alguna al Ayuntamiento del mal estado de las instalaciones o el deber de reponer alguna pieza eléctrica por el agotamiento de la vida útil. No existe por tanto un hecho claro que vincule al Concello con el daño sufrido", avala el fallo. El Superior tampoco ha aceptad que la concesionaria tenga derecho a una indemnización por el "injustificado retraso" en arreglar los daños producidos por el incendio. Recuerda que la empresa se encontraba en el momento del siniestro con la prórroga de la concesión, por lo que era conocedora de los problemas y los tenía que haber tenido en cuenta a la hora de hacer su oferta.