La Xunta exime de evaluación ambiental de estratégica la modificación del plan general de Miño para reclasificar como suelo rústico de especial protección varios ámbitos de suelo rústico apto para urbanizar afectados por el trazado del Camiño Inglés y que suman más de un millón de metros cuadrados. La Consellería de Medio Ambiente también ha dado su visto bueno a la eliminación de un ámbito de suelo urbanizable con capacidad para cuarenta viviendas cuya tramitación quedó en suspenso a raíz de la crisis del ladrillo.

El cambio del PGOM incluía también la incorporación del trazado del gasoducto que atraviesa el municipio y la modificación de alineaciones viarias en las que se detectaron errores cartográficos, imposibilidades físicas para su ejecución o enlaces que se suprimen.

La Secretaría Xeral de Ordenación do Territorio e Urbanismo considera que las modificaciones pretendidas son de interés público y tienen por objeto, en buena medida, cumplir el decreto de 2014 que obliga a los ayuntamientos a incorporar el trazado del Camiño Inglés a sus planeamientos. El Instituto de Estudos do Territorio considera que la modificación propuesta implicará una mejora del paisaje en los núcleos urbanos al reducir los usos destinados a viviendas a favor del uso dotacional y zonas verdes (la reclasificación implica la eliminación de 1.185 viviendas potenciales, aunque se trata de desarrollos que en su mayor parte ya no estarían permitidos con la nueva ley).

La Dirección Xeral de Patrimonio pone aún así una serie de condiciones, entre ellas, que el Concello grafíe con claridad el trazado del camino y el complementario en la cartografía y establezca las determinaciones específicas para su régimen de protección. Patrimonio exige también que se incorporen al catálogo de elementos protegidos del PGOM la relación de bienes de patrimonio arquitectónico y etnográfico y que se redacte una ficha específica del Camiño Inglés. Advierte además que las nuevas alineaciones deberán respetar los elementos del patrimonio existente y que ningún bien del catálogo puede quedar en régimen de fuera de ordenación.