La Audiencia Provincial ha condenado a un arquitecto y a un aparejador, como directores de obra, a abonar 40.000 euros a un matrimonio porque erraron las mediciones en los retranqueos al construirles el chalé en la zona de A Choupana, entre la Rúa Enxido y la avenida Valle Inclán, y a consecuencia de esto una sentencia de 2011 obligó a demolerles parte de la vivienda. También deberán abonar los intereses y las costas del proceso judicial.

La Sala revoca la sentencia inicial del Juzgado de Primera Instancia Número 13 de A Coruña, que desestimó la demanda de los afectados en una resolución de febrero de este año. Ahora se estima íntegramente la tesis de los propietarios y reconoce la "responsabilidad solidaria" de los profesionales "por los errores constructivos en el replanteo".

La Sala constata desde el principio que "existió un error en el replanteo de la obra" que condujo a los propietarios del inmueble colindante a presentar un contencioso contra el Ayuntamiento de Oleiros, que finalizó con una sentencia de 2011 que acordó la demolición de parte de lo construido porque no respetó el retranqueo en el lado sureste de la finca. En total fueron 8,4 metros los que invadieron la franja del retranqueo en todo lo largo.

Todo el error se produjo porque en lugar de los 3 metros de retranqueo hacia la Rúa Enxido fueron 3,08 metros y la vivienda terminó midiendo 0,05 metros de más por cada fachada y se desplazó 1,27 metros de su linde suroeste además de entre 0,10 y 0,15 metros por la linde suroeste. Este desplazamiento hizo que la finca de los afectados no respetase los 2 metros de distancia respecto a la finca de sus vecinos, fueron 1,90 metros, por lo que los dueños de dicho terreno colindante, por 10 centímetros, presentaron un contencioso que terminó con la orden de demolición de parte de la casa.

Para evitar la demolición y legalizar su vivienda, los propietarios afectados compraron 8,04 metros cuadrados de terreno del vecino por 4.020 euros. Sin embargo, sus perjuicios fueron mucho mayores porque para llegar a un arreglo con el propietario colindante que demandó vía contencioso, se vieron obligados a abonar 40.000 euros, pagados mediante dos talones. Por esta razón la Audiencia considera que la indemnización a este matrimonio no debe de ser de 4.020 euros, el valor de lo que gastaron comprando más terreno, sino los 40.000 que les costó el acuerdo con el vecino.

Los magistrados destacan que el propio arquitecto reconoció el error y por eso renunció a la ejecución e la obra mediante un escrito de 2007. Subrayan que hasta febrero de 2016 no se detectó que la casa estaba a mayor distancia de la vía pública de lo que marcaba el proyecto. Achaca al arquitecto que no comprobase las mediciones en el replanteo y se limitase a comprar el ancho en el plan parcial (sin medirlo en la realidad).

La Audiencia considera responsables al director de la obra y al director de la ejecución de dicha obra. Además del arquitecto, por no medir ni pedir plano topográfico, el aparejador porque habló de una "medición aproximada".