La condena de los asesinos del pequeño Imran ha sido un calco de la petición de cárcel que había hecho la Fiscalía: 33 años y 5 meses de prisión para cada uno de ellos. La jueza de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo emitió ayer un fallo que ratifica el veredicto de culpabilidad que dio un jurado popular catorce días antes. Ese tribunal determinó que el cambrés David Fuentes y Fadila Chardoud mataron a golpes en noviembre de 2014 a un bebé de 20 meses (hijo de ella), lo metieron en una maleta y lo tiraron a unos matorrales de las vías del tren del apeadero de La Argañosa (Oviedo). Además, encontró probado que lo habían maltratado habitualmente causándole graves lesiones. Por todo esto, la magistrada les condena a cumplir 25 años de cárcel por asesinato, 3 años por un delito de maltrato, 5 años por lesiones y 5 meses por haber profanado un cadáver. La sentencia también establece que ambos deben pagar 100.000 euros de forma conjunta a los abuelos maternos del niño en concepto de responsabilidad civil.

Tal y como ya había determinado el jurado popular -formado por cinco mujeres y cuatro hombres- el coruñés fue el autor material de todos los hechos salvo de la profanación del cadáver, mientras que su entonces pareja fue autora por omisión, es decir, no hizo nada por evitarlo e incluso ella misma lavó e introdujo el cuerpo inerte de su hijo en la maleta. La jueza aplicó en su fallo el agravante de parentesco para los dos asesinos, ella como madre y él porque ejerció de padrastro durante un tiempo e incluso convivió con el niño y su madre en Oviedo.

La magistrada y el jurado popular argumentaron buena parte de su dictamen en base a las declaraciones de los médicos forenses sobre las lesiones del niño y sobre el trastorno de la personalidad del cambrés, "que le hace capaz de descargar en un arrebato de ira contra los más débiles, como Imran". Y también en la primera declaración que prestó ante la jueza instructora el 13 de noviembre de 2014 -a los pocos días de su detención- y en la que el coruñés reconoció haber dado muerte a Imran, pese a que más tarde se desdijo e inculpó a su ex. "David finaliza su escabroso relato describiendo cómo tras salir de la vivienda con el niño envuelto en una manta y tras percatarse de que 'se le cae la cabeza', abandona en un primer momento su cadáver y lo oculta en unos matorrales para posteriormente regresar al mismo lugar e introducir al niño en una maleta", indican.

La jueza tiene en cuenta el veredicto del jurado popular sobre el hecho de que no es posible que Fadila no estuviera en casa cuando su exnovio mató al niño. La joven argumentó que estuvo fuera del domicilio 45 minutos y al volver, su hijo no estaba. "El jurado, valorando conjuntamente los elementos probatorios, concluye que la acusada intervino en los hechos en la forma que relata el Ministerio fiscal, esto es, que se encontraba presente en forma necesaria con las labores precisas para la ocultación del cadáver y que dejó de prestar el auxilio requerido en los episodios precedentes de malos tratos habituales y lesiones de su hijo", concluye.

David Fuentes cumple condena en la cárcel de Mansilla de las Mulas (León) y está representado por el abogado Fernando de Barutell, que ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia y en último extremo ante el Tribunal Supremo. Fadila está en la cárcel de Villabona (Asturias) y su letrada, Belén González, también afirmó tras conocer el veredicto del jurado popular que seguirá luchando por la libertad de su defendida. "No estoy satisfecha con el resultado. Pero esta defensa no se rinde, va a seguir luchando y valora un posible recurso", dijo a la salida de la Audiencia el 2 de marzo.

El abogado Pablo Díaz Carrera, que ejerció la acusación particular contra David a instancia de una hermana de Fadila Chardoud, valoró el veredicto como previsible y añadió que "el disgusto de la hermana es mayor que la alegría ante la condena del exnovio de Fadila"