El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do Territorio a abonar 31.783 euros a una familia de Oleiros por los daños que le causaron en su propiedad las obras de construcción de la vía ártabra. Una de las cuestiones más llamativas en esta sentencia es que, según aseguran los magistrados, "es la propia Administración" la que "reconoce" y así quedó constatado "por el informe emitido por el director de la obra", que durante dos días de agosto de 2010 se emplearon explosivos para los desmontes y "tres de las cuatro voladuras superaron el límite establecido" por la normativa española de control de vibraciones.

Este matrimonio presentó una reclamación por responsabilidad patrimonial que la Secretaría Xeral Técnica de la consellería primero no contestó y después desestimó. Presentaron un informe de 2010 de dos arquitectos en el que detallaban los daños de la vivienda a causa del desmonte de veinte metros que se hizo junto a su casa para realizar el tramo de la ártabra entre la N-VI y Meirás, daños que evaluó en 24.977 euros.

Después, en enero de 2012, presentaron un segundo informe por los nuevos daños en la casa, el jardín, la huerta y la piscina, donde se produjeron más grietas y fisuras, evaluadas en 1.290. Sumando el IVA, en total reclamaron 31.783 euros, cantidad que el TSXG ha estimado íntegramente.

La Xunta alegó que no estaba acreditado que estas grietas se produjesen a causa de las obras y voladuras por la ártabra y además otras casas más cercanas no alertaron de ningún daño. Sin embargo los técnicos reconocieron que se produjo un descenso en el nivel freático del terreno, y unos peritos señalaron que las vibraciones, sea de voladuras o de martillo hidráulico, no afectan igual a todas las viviendas, depende de su cimentación y estructura.

El perito certificó que las grietas y fisuras en la propiedad de los afectados "son compatibles" con la ejecución de las obras. A la familia se les hundió parte del jardín, una grieta atravesó de lado a lado el vaso de la piscina y en la casa aparecieron multitud de fisuras, en el interior y en el exterior, además de en el muro de cierre.

La Administración y el director de obra admitieron que en tres de las cuatro voladuras que se hicieron se superó el límite de vibraciones, que se miden en frecuencia (hertzios) y velocidad y por eso se decidió dejar de hacer dichas voladuras y optar por la excavación con martillo hidráulico en el desmonte.

El Superior también considera probado que los daños apreciados en 2010 se agravaron en 2012 y recordó que el propio director de obra reconoció que había otra reclamación de una vecina por daños en la piscina y el cierre lateral, con una casa cerca de la zona donde se usaron explosivos.

La Xunta tiene que abonar los 31.783 euros más los intereses legales y pagar las costas, 1.500 euros. La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.

Entre 2010 y 2012 fueron muchos los vecinos de Oleiros (también de Sada) que protestaron por cómo estas obras de la vía ártabra afectaban a sus viviendas y terrenos al pasarles casi por encima un viaducto, o quedar al borde de la vía y sobre un enorme desnivel (en algunos casos, reforzados con hormigón los taludes).