El Concello de Arteixo deberá indemnizar con 30.000 euros a una arquitecta despedida en 2012 y readmitida en 2014 abonarle además seis de las mensualidades que dejó de percibir por su cese irregular (solo las retribuciones básicas). Es el dictamen del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento y ha estimado en parte el de la demandante e incrementado la cuantía de la indemnización, fijada inicialmente en 30.000 euros.

La sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, escribe un nuevo capítulo en un embrollo judicial que le he ha salido caro al Concello. El conflicto arrancó en 1999. El Gobierno local del PP convocó un concurso que fue tumbado por los tribunales por anomalías en las bases, que valoraba más haber asistido a un curso de urbanismo que ser doctor en esta materia y otra que puntuaba más el ejercicio profesional libre que el trabajo para la Administración).

El Concello, durante el mandato del bipartito PSOE-TeGa, optó por convocar uno nuevo proceso en 2008 en lugar de modificar las dos bases en cuestión y realizar una nueva puntuación. Su decisión acrecentó los daños colaterales. Las dos arquitectas que obtuvieron su plaza en 2008 tras esta nueva convocatoria y que fueron destituidas en 2012 tras ser readmitido por mandato judicial al arquitecto que había sido seleccionado en el concurso de 1999, Enrique Roel. Las dos arquitectas recurrieron su cese y exigieron también una indemnización por daños y perjuicios y el pago de las nóminas que dejaron de recibir durante los dos años de su cese (una sentencia obligó a readmitirlas en 2014).

El Concello alegó sin éxito que la sentencia que le obligaba a indemnizar a la arquitecta era "incongruente", generaba "indefensión" y que la indemnización de 30.000 euros era "desproporcionada". El Ayuntamiento sostuvo que su decisión de cesar a la arquitecta solo pretendía cumplir una sentencia y adujo que su cese había permitido a la denunciante disponer de tiempo para preparar y aprobar unas oposiciones de la Xunta con un "nivel de esfuerzo e intensidad" del que no habría dispuesto si ejerciese su labor en el Ayuntamiento.

Los jueces no admitieron el recurso del Concello y si aceptaron en parte el interpuesto por la arquitecta. El Superior incide en su derecho a ser indemnizada por "verse privada de la posibilidad de trabajar en una plaza que había ganado en concurso desde el 7 de abril de 2012 hasta el 25 de agosto de 2014. "Esta situación, con independencia de cómo hubiese invertido el tiempo la perjudicada, merece una indemnización", recoge la sentencia. Los jueces rechazan que la compensación deba ascender a 163.000 euros como pedía la demandante, y la fijan en seis retribuciones básicas más 30.000 euros en concepto de daños morales.

Esta indemnización se suma a otras que se ha visto obligado a desembolsar el Concello por este caso, como la de 86.000 euros reconocida al arquitecto Enrique Roel.