La Inspección General de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado un procedimiento sancionador contra la empresa que presta el servicio de ayuda a domicilio en el ayuntamiento de Cambre, O Espertar. En un informe emitido el pasado mes de noviembre, la Inspección provincial determina que la prestación del servicio incumple la normativa vigente en cuanto al descanso semanal y vulnera el máximo permitido de horas complementarias. Este diario intentó ayer sin éxito contactar con la empresa.

Inspección de Trabajo informa, a raíz de denuncias presentadas por CCOO por incumplimientos en general y en el caso particular de una trabajadora con reducción de jornada, que el acuerdo firmado entre la empresa y esta empleada en marzo de 2017 "ya incumple la normativa en vigor, en cuanto a descanso semanal, por lo que no se puede cumplir y exige modificación" y que "se inicia procedimiento sancionador por superar el máximo de horas complementarias". El documento recoge también que "la empresa y delegadas de personal han negociado nuevos cuadrantes con objeto de adaptarlos a la legalidad vigente y respetar el descanso semanal de 48 horas" y "también para acordar el tiempo de desplazamiento a computar como trabajo". "En el caso de esta trabajadora además la empresa aporta justificación de que un usuario solicitó y obtuvo el cambio de auxiliar por incompatibilidad entre auxiliar y usuario", añade.

En la última denuncia contra esta empresa presentada por el secretario general de Servicios de Galicia de CCOO, Sergio López, el pasado mes de junio, se advertía de que la empresa "incumple el convenio colectivo" con una trabajadora con reducción de jornada tanto en el salario como en los tiempos de descanso. Concreta que "la trabajadora tiene un acuerdo de reducción de jornada para la conciliación de la vida laboral y familiar (75,6% tal y como consta en su vida laboral), mediante acuerdo por escrito firmado el pasado 1 de marzo de 2017" y que "este acuerdo contempla los días, jornadas y horarios de prestación de servicios en la empresa" pero "el treinta de mayo de 2017 la dirección de la empresa le da un nuevo cuadrante en la que le varía los días de trabajo, la jornada y el horario pactado en el acuerdo", una "modificación sustancial unilateral" que "impide a la trabajadora conciliar su vida laboral y familiar" y "le reduce la jornada pactada en el acuerdo sin mediar conformidad entre las partes (es un recibí)".

La concesionaria, prosigue la denuncia, también "incumple la jornada pactada los sábados al superar la jornada pactada en el acuerdo". Advierte también de que solo se le computa una hora semanal por los desplazamientos y labores de coordinación y control" y que "no abonan los salarios conforme a convenio". Concluye que "la empresa no está abonando la totalidad del trabajo realizado, y del mismo modo está realizando una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin seguir lo establecido en el artículo 41 del ET (Estatuto de los Trabajadores).

Inspección de Trabajo inicia ahora el procedimiento sancionador después de archivar una denuncia anterior de CCOO debido a que las partes negociaban cuadros horarios y estaba "próximo el acuerdo". Debido al fracaso de las conversaciones de cara a mejoras en el cumplimiento de condiciones, explica el sindicato, se presentó de nuevo denuncia en junio, que la Inspección sí admite y por la que sancionará a la concesionaria.

El sindicato había presentado ya denuncias contra la anterior concesionaria del servicio en Cambre, Clece. Inspección de Trabajo descartó entonces tomar medidas dado que la empresa estaba próxima a cesar en la actividad porque no había optado al concurso.