Chat

Competencia expedienta a 15 asociaciones bateeiras por vulnerar la libertad de mercado

Están implicado el 90% de los productores gallegos de este molusco y la multa puede llegar a los 10 millones de euros. La patronal de la conserva presentó la denuncia por un posible pacto de precios

 
Enviar
Imprimir
Aumentar el texto
Reducir el texto
Una de las acciones desplegadas por los piquetes en septiembre del año pasado. / iñaki abella
Una de las acciones desplegadas por los piquetes en septiembre del año pasado. / iñaki abella 

MANUEL MÉNDEZ | A CORUÑA La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) abre expediente sancionador contra 15 asociaciones y/o agrupaciones productoras de mejillón de Galicia, que integran a prácticamente el 90% de las 3.300 bateas fondeadas en las rías. Se les atribuye una actividad de "control de la oferta, fijación de precio de venta, reparto de producción y establecimiento de condiciones comerciales comunes" para el molusco, lo que conllevaría una vulneración de la ley de libre competencia y de mercado.

Se trataría por tanto de un monopolio o de un cártel, así reconocido por la ley vigente, por lo que en caso de resolverse este expediente con una sanción, el sector podría verse obligado a abonar 10 millones de euros.

Después de la investigación abierta hace meses, y en atención a los documentos intervenidos desde mayo, "se han observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas", esgrime la CNC, que de este modo abre un plazo de entre 12 y 18 meses para instruir este expediente y resolverlo, previo análisis de las alegaciones que puedan presentar las 15 entidades.

Los posibles acuerdos anticompetitivos en el sector mejillonero que están siendo investigados se centran en el año 2006 -cuando funcionó una de las centrales de ventas que puso en marcha el sector a lo largo de su historia- y en los hechos acaecidos en los cinco últimos meses de 2008, cuando el nacimiento de la Plataforma de Distribución del Mejillón de Galicia (Pladimega) originó una escalada de tensión y violencia en el sector que derivó en una huelga general en los puertos, sabotajes, lanzamiento de cócteles molotov y en una masiva afluencia de piquetes a los muelles para impedir las descargas o el traslado de molusco a las industrias.

Aquella huelga y el desabastecimiento de los mercados provocó la denuncia de la Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas (Anfaco), que alertó de la creación de un cártel, y a la postre desencadenó en el expediente sancionador incoado por la CNC.

Se trata de dilucidar ahora si existió una infracción de las leyes y articulados que marcan tanto el Tribunal Europeo de la Competencia como la ley de defensa de la competencia en lo referente a conductas colusorias o pactos ilícitos.

Y es que la ley prohíbe "todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada (...) que pueda impedir, restringir o falsear la competencia en el mercado".

En particular esta prohibida "la fijación de precios u otras condiciones comerciales o de servicio", al igual que se veta "la limitación o el control de la producción y de la distribución".

La CNC pretende, por tanto, averiguar si infringieron ese articulado los piquetes que impedían descargar mejillón en el muelle o las asociaciones que avalaban Pladimega con la intención de fijar precios de referencia y cotas de mercado.

Todo ello aparece regulado por el artículo 1 de la ley de la competencia, contemplándose esas prácticas como "infracciones graves". Pero se tipifican como "muy graves" si las mismas se llevan a cabo mediante "cárteles u otros acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas, o prácticas concertadas (...) y si hay abuso de posición de dominio cuando el mismo sea cometido por una empresa que tenga una cuota de mercado próxima al monopolio, o disfrute de derechos especiales o exclusivos".

En caso de que finalmente se considere la acción de los mejilloneros como una infracción "muy grave" pueden ser castigados con "multa de hasta el 10% del volumen de negocios total obtenido por la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior a la imposición de la multa", mientras que el porcentaje se reduce al 5% para las infracciones "graves".

Teniendo en cuenta que la facturación anual del sector mejillonero gallego oscila entre los 100 millones y los 120 millones de euros, y que las 15 asociaciones expedientadas representan prácticamente al 90% del mismo, es fácil concluir que podría imponérseles una sanción de en torno a los 10 millones de euros en caso de que el expediente sancionador sea condenatorio.

En cualquier caso, no es fácil de concretar, dado que las cuentas de las diferentes entidades no siempre se hacen públicas y oscilan de manera considerable entre unas asociaciones y otras, e incluso hay importantes variaciones dependiendo del año que se trate.

Para situaciones así, la ley también contempla que en caso de que no sea posible delimitar el volumen de negocios (para aplicar la sanción) las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de más de 10 millones de euros.

COMPARTIR
 
  HEMEROTECA

Destacados

EL TIEMPO
Consulta la predicción
       meteorológica
EN MI OPINIÓN
Envía tus propios
        artículos

-------------------------------------------------------------------------
AGENDA
Disfruta de tu tiempo
        libre
BLOGS
Sigue las bitácoras
        más interesantes

Especial LOTERÍAS Y APUESTAS

Sorteos de la
lotería y la quiniela

Loterías y apuestas

Consulta los resultados de los principales sorteos de la lotería y la quiniela.

 

Widgets

Igoogle
Personaliza tu página de inicio de Google con las últimas noticias
www
Llévate las noticias de laopinioncoruna.es a tu web
Rss
Sigue las noticias de laopinioncoruna.es a través de RSS
   CONÓZCANOS:   CONTACTO  |  LA OPINIÓN A CORUÑA  |  LOCALIZACIÓN       PUBLICIDAD:   TARIFAS WEB  |  TARIFAS PAPEL  |  CONTRATAR   
laopinióncoruña.es es un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de laopinióncoruña.es. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
Adaptado a la Ley de Protección de Datos por
 


  Aviso legal
  
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Murcia  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Levante-EMV  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas  | Euroresidentes  | Lotería de Navidad 2009