Secuestro de un atunero en el Índico 

Pedraz retira el delito de asociación ilícita y se podrán juzgar en 15 días

 
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AGENCIAS | MADRID El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz procesó ayer por 36 delitos de detención ilegal y robo con violencia y uso de armas a los dos presuntos piratas somalíes detenidos tras el secuestro del atunero vasco Alakrana para que puedan ser juzgados en el plazo de dos semanas, según informaron ayer fuentes jurídicas.

El magistrado, que ha adoptado esta decisión a instancias de la Fiscalía, retira de esta forma la acusación por un presunto delito de asociación ilícita -que podría bloquear la expulsión de España de los dos detenidos, según su abogado- y continúa la instrucción para que la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal lleve a cabo el juicio, que podría celebrarse a partir del 30 de noviembre.

El siguiente paso para juzgar a Cabdullahi Cabduwily, alias Abdu Willy, y Raageggesey Adji Haman, alias Raageggesey, se producirá hoy, día en que Pedraz les ha citado a partir de las 10.30 horas para tomarles declaración indagatoria y comunicarles su procesamiento.

En el mejor de los casos, según fuentes jurídicas, el juez podría concluir el sumario y elevarlo a la Sala de lo Penal el miércoles, lo que permitiría a la Fiscalía presentar su escrito de acusación el jueves o el viernes. Así, a comienzos de la próxima semana podría dictarse la apertura de juicio oral y antes del viernes 27 el auto de señalamiento.

No obstante, la mayor pena a la que podrían ser condenados los corsarios podría superar los seis años de prisión, ya que la detención ilegal, que el juez les imputa en calidad de autores -y no de cómplices, como pidió su abogado- está castigada con penas de entre seis y diez años de cárcel. Por su parte, el delito de robo con violencia y uso de armas conlleva el ingreso en prisión entre tres años y medio y cinco.

El abogado de los somalíes, Francisco Javier Díaz Aparicio, pidió que sus clientes fueran expulsados de España en virtud de la ley de extranjería, al considerar que esta medida puede aplicarse a los reos que sean condenados por delitos inferiores a seis años de cárcel.

En su auto, Pedraz detalla que existen tres pruebas que probarían la participación de los dos detenidos en el secuestro: "los informes realizados por la Comisaría General de Información y el Estado Mayor de la Defensa, suscritos por los respectivos intervenientes; los reportajes fotográficos y el material incautado", entre el que se encontraba una navaja de Albacete.

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