Fomento fijará la tripulación mínima según las mareas

Marina Mercante elabora una modificación de la normativa sobre dotaciones mínimas de seguridad que se centra en el tiempo de permanencia en el mar y la eslora de los barcos

 12:00  

ANTÓN LUACES | A CORUÑA La Dirección General de la Marina Mercante, a través de la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, prepara la modificación de la normativa sobre tripulaciones mínimas de seguridad en los buques pesqueros en función de su permanencia en el mar. Mientras la norma actual, vigente desde el año 1964, establece la dotación mínima de los buques de acuerdo con el tonelaje de registro bajo cubierta, medida hoy inexistente, el organismo dependiente del Ministerio de Fomento pretende hacer una regulación basada en la permanencia en el mar y en la eslora de los barcos.

Las embarcaciones de más de 50 metros que permanezcan más de tres semanas en el mar, según ha podido saber LA OPINIÓN, deberán disponer de 10 tripulantes: capitán, oficial de puente, jefe (que podrá ser suprimido si uno de los anteriores tiene título polivalente), oficial de máquinas, contramaestre, tres marineros y dos engrasadores. Mientras, los pesqueros que tengan menos de 50 metros de eslora podrán prescindir del contramaestre.

En los dos casos, si el buque dispone de certificado de máquina desatendida y se encuentra vigente la tripulación mínima de seguridad, se podrá suprimir el oficial de máquinas y un engrasador, con lo que la tripulación mínima de los barcos de más de 50 metros de eslora sería de ocho profesionales y la de los de menos de 50 metros de siete.

Los pesqueros con más de 24 metros de eslora que estén en el mar menos de tres semanas deben contar como mínimo con ocho profesionales: un patrón al mando, un segundo patrón, un jefe, un segundo mecánico, dos marineros y dos engrasadores. Mientras, los de eslora inferior a 24 metros y potencia superior a 400 kilovatios deberán contar también con ocho profesionales pero con la salvedad de que pueden eliminar el puesto del jefe si uno de los patrones es titulado polivalente. Además, si cuenta con certificado de máquina desatendida y se encuentra vigente la tripulación mínima de seguridad, podrá reducirse el segundo mecánico y el engrasador.

Las embarcaciones de pesca del día -aquellas con menos de 16 horas fuera del puerto base- deberán disponer de cinco tripulantes siempre que superen los 24 metros de eslora. La dotación estará formada por un patrón, un mecánico y tres marineros.

En el caso de los buques de entre 24 y 20 metros se permitirá llevar un marinero menos, un total de cuatro tripulantes. La flota de entre 20 y 12 metros deberá contar también con cuatro profesionales aunque podría faenar hasta con tres si son un patrón polivalente y dos marineros.

Las embarcaciones de entre 12 y 8 metros de eslora estarán obligadas a trabajar con un patrón, un mecánico y un marinero pero se puede reducir a dos profesionales contando con un patrón polivalente. Mientras, los buques de menos de 8 metros de eslora deberán navegar con un patrón y un marinero pero existirá la posibilidad de autorizar la actividad con un solo tripulante si va a faenar a la vista de otros barcos, en aguas abrigadas y cumpliendo otras garantías de seguridad.

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