El carné por puntos para la pesca es ya una realidad. El Gobierno aplica desde hoy las reglas del nuevo sistema de control para los pesqueros, capitanes y patrones de barco que incumplan las normas enmarcadas en la Política Pesquera Común, según el real decreto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La aplicación del sistema regirá tanto para los titulares de las licencias de pesca -armadores- como para el capitán o patrón del buque que cometa una infracción, pero los primeros pueden salir peor parados que los últimos. Y es que el real decreto recoge que el órgano competente para la concesión de licencias -la Secretaría General de Pesca- podrá retirar "permanentemente" la licencia a los buques cuando supere un número de infracciones, mientras que los capitanes y patrones solo podrán ser inhabilitados un año como máximo.

Este carné es similar al existente para el tráfico por carretera, aunque funciona a la inversa: el pescador que infrinja las reglas -tanto en aguas interiores como exteriores- será penalizado con puntos y si alcanza una cierta suma será castigado con la retirada de la licencia. La relación de puntos que se sumarán dependiendo de la falta se adecúan al reglamento comunitario y los más destacados son los siguientes:

E3 puntos. Incumplimiento de las obligaciones de registrar y comunicar las capturas.

E4 puntos. Utilización de artes prohibidas.

E5 puntos. Falsificación o disimulación de la matrícula, alterar pruebas de una investigación, capturar pescado de talla inferior a la reglamentaria o realizar actividades incompatibles con las medidas de conservación de la zona.

E6 puntos. Faenar durante la veda o sin disponer de cuota.

E7 puntos. Pescar sin licencia expedida por el Estado, obstrucción de los trabajos de inspección, participación en operaciones con buques ilegales o utilización de un barco sin nacionalidad.

En el caso de los armadores, la suma de 18 puntos conllevará la suspensión de la licencia durante dos meses; 36 puntos, cuatro meses; 54 puntos, ocho meses; y 72 puntos, durante un año. La acumulación de 90 puntos por el titular de la licencia dará lugar "automáticamente" a la retirada permanente de la misma. Además, los barcos que realicen actividades pesqueras durante la suspensión o retirada del permiso podrán ser incluidos en la lista de pesqueros de la UE que practican la pesca ilegal. Los capitanes y patrones, por su parte, serán inhabilitados durante dos meses cuando acumulen 30 puntos; cuatro meses con 70; ocho meses con 100; y hasta un año con 130, pero el real decreto no prevé su suspensión permanente.

La cancelación de los datos de las infracciones se producirá a los tres años a contar desde el 1 de enero al año siguiente al de la imposición de la sanción, pero los puntos no se borrarán si en este plazo el mismo barco comete otra infracción.

Los afectados por este sistema afrontarán también multas económicas, ya que el real decreto recoge sanciones con una graduación que varía desde las "infracciones leves", castigadas con una multa de 60 a 600 euros, a las "muy graves", con cuantías que van desde los 60.001 a 300.000 euros. Las "infracciones graves", por su parte, serán penalizadas con multas de entre 601 y 60.000 euros.