La Consellería do Mar podrá autorizar cambios temporales a modalidades o artes distintas a las que figuren en el permiso de explotación en función del estado de los recursos y de las características estructurales de las embarcaciones por un periodo de tiempo no superior a 12 meses. Así lo recoge la orden publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Hasta ahora, estas autorizaciones tenían como periodo de tiempo máximo seis meses, con la posibilidad de prórroga de otros tres, según fuentes de la Consellería do Mar.

Durante el periodo de vigencia de esta autorización temporal, podrán utilizarse "tanto la nueva modalidad autorizada temporalmente como las artes que figuren en el permiso de explotación, siempre que el despacho sea tramitado según el procedimiento establecido y siempre que no supere el número máximo de cinco artes autorizadas para cada embarcación", indica el texto.

"En ningún caso", según concluye, se otorgarán cambios de modalidad a artes o aparejos que estén dirigidos a especies sometidas a planes de gestión o recuperación y para aquellas que alcancen "un elevado porcentaje" de capturas totales admisibles o cuando se cierre la pesquería por el agotamiento del TAC.