Era una exigencia reiterada del sector pesquero gallego y español y por fin se ha cumplido. El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto por el que se fijan las tripulaciones mínimas de seguridad de los buques de pesca y auxiliares, a la vez que regula el procedimiento para su asignación. Y aunque los ministerios implicados en la redacción del texto -Fomento y Agricultura- no dieron a conocer todavía detalles de los cambios, la propuesta inicial del Ejecutivo central era reducir en dos el número de tripulantes embarcados que exige la ley, al considerar que las nuevas tecnologías permiten aplicar esta rebaja de personal.

La actual normativa sobre las tripulaciones mínimas llevaba en vigor casi cincuenta años -data de 1964-, por lo que el sector exigía desde hace años que se revisase el texto. El Consejo de Ministros dio ayer el paso definitivo, por lo que la nueva regulación podrá entrar en vigor en los próximos días. Según la propuesta lanzada por el Gobierno ya en 2011, la tripulación mínima de los buques de gran altura -de más de 50 metros de eslora- pasaría de diez a ocho profesionales -patrón, segundo patrón, mecánico, tres marineros y dos engrasadores-, mientras que para los buques de menos de 50 metros pasaría de siete a solo cinco. La reducción en las tripulaciones es generalizada también para las embarcaciones de bajura que operan en el Cantábrico Noroeste.

Entre los motivos que, según Fomento, han llevado a aprobar este cambio en la normativa destaca la evolución tecnológica de las embarcaciones pesqueras en los últimos años, que hace que sean necesarios nuevos perfiles de profesionales en los buques. Según el Ministerio, también influyen las modificaciones producidas en las titulaciones profesionales, "que han simplificado el número y tipo de títulos para los profesionales marítimos", lo que permite a algunos de ellos el desempeño simultáneo de varias funciones a bordo de los buques.

Asimismo, el Gobierno tuvo en cuenta -según Fomento- la adaptación a los cambios normativos sobre jornadas especiales de trabajo en la mar que introducen criterios de descanso y de duración de las jornadas para determinar las tripulaciones mínimas.