El subdirector provincial del Instituto Social de la Marina (ISM) en A Coruña, José Manuel Barreiro, participó recientemente en una jornada sobre el nuevo Régimen Especial del Mar en la sede coruñesa del Colegio de Graduados Sociales de A Coruña y Ourense. En su intervención defendió las bondades de esta norma, que ocupa el lugar de "un texto refundido de 1974 que contenía disposiciones obsoletas".

-¿Qué cambiará y qué consecuencias tendrá para los trabajadores esta nueva legislación?

-Consecuencia directa sorprendente ninguna. Lo que hace la nueva ley es refundir la normativa anterior. Hay que tener en cuenta que la normativa anterior es un texto refundido del 74, por lo que se suprimen disposiciones obsoletas. Además, había muchas cosas que no están hoy en vigor. Se recoge en un texto de rango legal todo lo que tiene que ver con los trabajadores del mar. Hay una gran novedad, que es que en esta nueva legislación entrarán grupos profesionales que antes estaban protegidos por otros regímenes.

-¿Cuáles eran las principales deficiencias de la ley anterior?

-No hablaría de carencias, pero está claro que había que adaptarla y sobre todo simplificarla. En este nuevo texto se le da un valor muy importante a la protección social del trabajador del mar, que va más allá del Régimen Especial del Mar, que es la parte que se realiza a través de la Subdirección General de Acción Social Marítima, la protección médica del trabajador del mar y su formación profesional marítima y sanitaria. El grupo de profesionales al que va dirigido es más que al trabajador del mar, es aquel que quiere entrar a formar parte del colectivo marítimo-pesquero, o lo que es lo mismo, si para trabajar en el mar se necesita un reconocimiento médico y una formación, hay que facilitar a estas personas que tengan todo lo necesario para poder ser protegidos por el sistema.

-¿Por qué se tardó tanto tiempo en actualizar la legislación laboral del mar?

-No me corresponde opinar sobre esa cuestión.

-¿Cambiará el papel del Instituto Social de la Marina a partir de ahora?

-Se refuerza el régimen porque entran nuevos grupos profesionales y cotizantes, de otros regímenes, y se refuerza el papel del ISM como entidad gestora y como organismo encargado de la protección social de los trabajadores del mar. Una de las grandes novedades que nos explicaron es el tema de la acuicultura, que es un término que se recoge por primera vez en el Régimen Especial del Mar.

-¿En cuanto a la seguridad y las inspecciones, se cumple la legislación? ¿Ha mejorado la concienciación sobre la seguridad en el mar?

-No hay ninguna gran novedad al respecto. Lo que se lleva tiempo intentando es concienciar al sector con reuniones mantenidas con los inspectores de trabajo, incluso con el fiscal de Galicia, a efectos de prevención de riesgos laborales. Es una labor de la entidad la de asociarse con otros organismos e intentar fomentar la prevención de riesgos laborales en el sector. En la legislación se recoge la prevención sanitaria (botiquines de embarcaciones) y se menciona la obligación de la entidad de incidir en la seguridad, como resultado de una serie de convenios de la OIT [Organización Internacional del Trabajo] que suscribió España a través de la UE.

-Si hay que incidir tanto, ¿es porque hay irregularidades?

-Yo diría que es resultado de los desgraciados accidentes en el mar y no tanto por irregularidades.

-Mencionaba que bajo la nueva legislación tendrán cobertura profesionales que antes no estaban protegidos, como las rederas, los trabajadores de la acuicultura o los buceadores. ¿Quién queda fuera?

-Está pendiente de estudio el tema de los buzos recreativos, al contrario que los profesionales, que también pasan a formar parte del régimen, pero ninguno más.

-¿Cómo quedan reguladas las prestaciones por cese de actividad? Especialmente en el caso de paros por presencia de toxinas o contaminación.

-Quedan como estaban, no hay novedad. Lo nuevo que hay, recogido en una ley de enero de este año por un texto refundido en materia de mutuas, es que el cese de actividad es voluntario para el trabajador del mar. Sobre lo que comentas, de acuerdo con la legislación se ha considerado que si las vedas, por la autoridad correspondiente de una comunidad autónoma, se declaran de carácter extraordinario y por el tema de las toxinas, que afecten a la salud de las personas, sí pueden ser autorizadas por el ISM como cese de actividad por fuerza mayor.

-Hubo quejas recientemente por la exigencia de tener al menos 12 meses cotizados para acceder a la prestación por cese de actividad. El sector dice que las vedas dificultan cumplir el requisito.

-En cuanto a ese tema hubo una reciente modificación en la cual, a la hora de contabilizar la cotización, esos meses se saltan siempre y cuando no se haya percibido prestación alguna durante ellos. Creo que en este aspecto se ha adecuado la legislación laboral a la realidad social, que es fruto de haberle trasladado el proyecto de norma legal a los representantes del sector para que den su opinión al respecto.

-La semana pasada se denunciaba ante la UE la desprotección de los trabajadores del mar, sobre todo los extranjeros. ¿Cuál es su situación y cómo les afectarán los cambios normativos?

-Ese apartado sigue igual. En España queda protegido el trabajador español o aquel que tiene permiso para trabajar en España. En cuanto a los barcos de otras banderas, quedan sometidos a la legislación del país correspondiente.