El Ministerio de Pesca aprobó una nueva orden para regular los desembarques de más de diez toneladas de arenque, caballa, jurel y bacaladilla (que añade) para adaptarse a los cambios producidos en la normativa europea y deroga de este modo la anterior, del 11 de julio de 2011.

La ley, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, reduce la antelación con la que patrones o armadores deben avisar de su llegada a puerto de cuatro a dos horas y media y mantiene las 72 horas que puede prolongar la autorización la Dirección General de Ordenación Pesquera. El texto añade respecto al anterior que los buques de las parejas de arrastre serán tratados de forma individual, independientemente de si las toneladas de pelágicos las capturó una de las embarcaciones o las dos en conjunto, y reserva a la Secretaría General de Pesca el derecho a modificar la lista de puertos autorizados para las descargas, así como horarios y lugares.