Alguien miente aquí. O tal vez habrá que decir que hay quien no cuenta la verdad de lo que siente. Porque si la primera Lei Autonómica de Portos de Galicia (dependientes estos por lo tanto de la Xunta) se ha redactado para dar respuesta "a las necesidades propias de los usuarios de los muelles" (esto es lo que significa en castellano el término gallego peirao, que también se utiliza para señalar un embarcadero), no todos los responsables de la decisión de aprobar dicha ley han expresado lo que de verdad piensan del funcionamiento de los peiraos que, desde hace años, prestan sus servicios en la comunidad autónoma de Galicia.

Porque sí, efectivamente, los usuarios de los muelles o puertos de Galicia administrados por la Xunta son los pescadores, los mejilloneros y poco más, salvo excepciones como son los puertos de Cariño, Ribeira, A Pobra o Ribadeo, donde los desembarques de pescado se compaginan con la carga y descarga de atún congelado, mineral de lignito y madera, etc. Pero la mayoría de los usuarios son los profesionales de la pesca. Y estos para nada están conformes con el funcionamiento que en la actualidad marca la actividad portuaria autonómica. Pregunten a los patrones, a los tripulantes y armadores de los barcos de pesca, especialmente a los arrastreros de litoral que, en demasiadas ocasiones, encuentran verdaderos problemas para poder descargar sus capturas en muelles gallegos por la carencia de personal que los atienda en la lonja correspondiente. Y estas funcionan, casi siempre, basándose en los horarios establecidos por los servidores de los muelles. Porque para descargar (desembarcar) el pescado, han de atracar en un peirao del puerto elegido y no hay quien autorice tal desembarco, contra lo que el personal se rebela porque obliga al barco afectado a realizar un nuevo desplazamiento de hasta dos o tres horas para encontrar el puerto que les reciba.

Por esto digo que el consenso del que se habla para lograr la aprobación de la citada Lei Autonómica de Portos de Galicia parte de un sinquerer decir la verdad de lo que se piensa, porque en dicha ley -salvo error de quien informa- no se han corregido deficiencias como la indicada en cuanto al funcionamiento portuario y, con él, el de las lonjas.

¿Han de ser los lonjeros, los trabajadores portuarios -donde los haya- los que se adapten a las necesidades de los barcos o estos deberán acatar horarios de funcionarios para poder pescar?

Llueve sobre mojado, sí, a pesar de que en tierra reclamamos con insistencia que las nubes se abran de una puñetera vez y que la lluvia nos empape. Pero en la mar, los salseiros no disminuyen y los rociones siguen mojando a todo Dios.

Si hay que rectificar, hágase. Y así la primera Lei de Portos de Galicia estará en consonancia con los intereses de los usuarios de los mismos.