El renting (arrendamiento puro) es algo histórico, el leasing (arrendamiento fiscal) más desconocido, pero ambas propuestas se han convertido en opciones reales a la hora de que empresarios, pymes y particulares adquieran todo tipo de vehículos. Dos formas de alquilar o comprar maquinaria que se posicionan como apuesta segura de los autónomos, y que desde la Asociación Española de Leasing y Renting (AELR) alaban como las posibilidades más adecuadas, sobre todo, desde el punto de vista económico. Pero, ¿qué diferencia hay entre ambas opciones?

"Cuando se habla de esto no se suele hacer distinción, ya que son dos formas de contratación muy parecidas", afirma Manuel García, Secretario General de AELR. "Una operación de arrendamiento que apareja una serie de servicios es un renting, mientras que cuando se da la opción de comprar el vehículo, en este caso, se trata de un leasing", desgrana.

Un forma de resumirlo que, por su parte, Agustín García Gómez de la Asociación española de Renting (AER) desentraña con más detalle. "Las diferencias son muchas. En el renting cualquier persona puede realizar la operación, con un plazo de 5 días a lo que se quiera. El leasing no trabaja con particulares y la mínima duración legal del contrato es de dos años". La contabilización del bien es otra de las cosas en las que se diferencian, ya que en el caso del arrendamiento normal el titular es la compañía, y en el del leasing la persona que contrata. Además, el alquiler se asume como un gasto en el balance económico de una empresa, mientras que el leasing tiene que ser declarado como tal.

"El arrendamiento fiscal es lo más parecido a comprar un coche y tiene un beneficio fiscal, ya que se amortiza anticipadamente y genera un crédito. Por otro lado, el alquiler normal no aparece en el balance de gasto y no se refleja como deuda", añade García de AELR, que asevera que "si una empresa tiene necesidad de capitalizarse con muchos activos, como es el caso de realizar leasing, se convierte en una compañía con más beneficios fiscales y consolidada. Si en realidad le da igual, no se preocupa por los activos, el alquiler normal es la mejor solución, ya que no hay que hacer un balance de deuda".

Nueva norma

Esta forma del renting de no contabilizar sus operaciones como deuda sufrirá una modificación en poco tiempo. En palabras de García de AELR, a partir de enero del próximo año 2019 cambiará, aunque no para muchos. "En España, las empresas que coticen en el mercado o emitan deuda estarán obligadas a contabilizar todo. Esto quiere decir que el renting ya no podrá ser reflejado en un balance como un gasto. Aunque lo cierto es que de los millones de empresas del país, ni 40 millones cotizan, eso no es ni el 1%".

Para el secretario general de la AELR, las formas tradicionales de inversión empresarial, como es el ahorro de dinero o la petición de un préstamo, quedan relegadas a un segundo plano con la aparición de estos dos modelos de adquisición de vehículos de toda clase. "Con los dos tipos de arrendamiento se ofrece un préstamo mucho más largo que lo que te pueden ofrecer en un banco, y además te dan el 100% sin que tengas que adelantar parte del dinero", sentencia. "Además, a la hora de comprar un bien hay que pagar el 21% de IVA, y en el caso de estas dos opciones no se paga al inicio, si no cada mes, lo que hace que no se quite tesorería a la empresa".

Aunque en la opinión de García Gómez de AER, el renting es una opción más segura en cuanto a correr riesgos económicos. "Con esta opción el cliente adquiere el vehículo y cuando ya no lo quiere lo entrega, por lo que es la empresa la que se encarga de venderlo. De la otra manera tiene que hacerse cargo de todo", dice, que admite que en cuanto a las ventajas fiscales, ambas opciones son perfectas. Eso sí, cada una con sus puntos fuertes. "El leasing es algo perfecto a la hora de adquirir una flota de vehículos especiales pesados, de más de 3.500 kilos, ya que en el ámbito del alquiler es un terreno un tanto desconocido".

Por su parte, García de AELR anima a las instituciones a echar un cable a ambas modalidades para llegar a niveles europeos. "Hay que concienciar de que existen más opciones para el empresario aparte de llegar a su banco y pedir lo que tiene que financiar. Dirigir a los autónomos a esta forma de adquirir flota debería expandirse, ya que en España no llegamos ni al 30%", declara