eume

El Concello de Pontedeume desoye la orden judicial de derribo de un edificio

El Ayuntamiento abrió en 2003 un expediente de reposición de la legalidad urbanística en el que advertía al promotor de que demolería la parte ilegal de la construcción si no lo hacía él.

 
Enviar
Imprimir
Aumentar el texto
Reducir el texto

NURIA RODRÍGUEZ. PONTEDEUME. El Ayuntamiento de Pontedeume mantiene en pie el edificio Atocha a pesar de que una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ordena su derribo parcial y de que el propio Concello abrió, en 2003, un expediente de reposición de la legalidad urbanística en el que advertía al promotor de que si no tiraba la parte del inmueble que incumplía la normativa urbanística procedería a la ejecución forzosa del derribo.
El promotor construyó el inmueble en el solar del antiguo colegio Atocha, a unos 90 centímetros de uno de los edificios situados en el callejón Chafarís. Su propietario, Nicolás Calvo, espera desde hace casi dos décadas a que se cumpla la orden de derribo y ante la pasividad mostrada por la Administración local, estudia interponer acciones penales contra el Concello, al que también reclamará responsabilidades patrimoniales y una indemnización por los daños y perjuicios que sufra hasta que se cumpla la resolución judicial.
Pasividad
La última actuación del Concello de Pontedeume con respecto al edificio Atocha es un informe de mayo de 2005
La última actuación del Ayuntamiento con respecto al edificio Atocha ocurrió en mayo de 2005, según indica el abogado de Calvo. Ese mes, el técnico municipal de Urbanismo redactó un informe que se adjuntó a la documentación del expediente de ejecución forzosa. Desde entonces, el Ayuntamiento no ha adoptado ninguna medida más ni ha realizado ningún otro trámite. "Nos encontramos, después de casi cinco años desde que se acordó la demolición del edificio, al principio del expediente", destaca el representante judicial.
Debido a la actitud del Ejecutivo local, Nicolás Calvo presentó este año ante el Concello varios escritos en los que le exige que cumpla la orden de demolición dictada por el TSXG el 14 de junio de 1991 y confirmada en 1995 por el Tribunal Supremo, que rechazó el recurso de casación presentado por el promotor. En dichos escritos, entregados en mayo, junio y julio de este año, el afectado exige la adopción de las medidas necesarias para que el edificio Atocha se adapte a la licencia de legalización concedida en el año 1998. Advierte, además, de que presentará una reclamación por responsabilidad patrimonial y de que demandará una indemnización por daños y perjuicios.
También exige que se identifique al funcionario responsable de la tramitación del expediente de ejecución forzosa y a la autoridad responsable de su cumplimiento, ya que "dada la contumaz inactividad en este asunto, se ejercerán las oportunas acciones judiciales, incluidas las penales, contra las personas responsables".
El abogado de Calvo hace hincapié en que ha pasado más de una década desde la finalización de la vía judicial y señala que desde entonces se ha producido un "enorme y permanente" perjuicio a su cliente. Según un informe encargado a un perito durante el proceso judicial, el hecho de que no se derribe la parte ilegal del inmueble implica para los propietarios del callejón Chafarís "reducir las vistas, el soleamiento, la ventilación y la seguridad de los inmueble citados".
En el caso de Nicolás Calvo, la afección a su inmueble se ve agravada por la orientación de la fachada que queda a unos 90 centímetros del edificio Atocha. Es sureste y por tanto, la parte por la que podría recibir sol, ya que el otro alzado da a una calle estrecha y con orientación noroeste. Según el informe pericial, el edificio Atocha perjudica "de forma notable" al inmueble de Calvo, ya que tapa totalmente la única ventana que tiene cada piso hacia ese lado y a una distancia de menos de un metro. Su abogado también hace referencia a la pérdida de valor de las propiedades.

El Ayuntamiento anuló la licencia de obra del inmueble hace dos décadas

El Concello de Pontedeume anuló la licencia de obra del edificio Atocha el 1 de junio de 1988, tras estimar el recurso de reposición presentado por varios afectados, entre ellos Nicolás Calvo, contra el permiso municipal que autorizaba la demolición de un edificio antiguo y la construcción de otro nuevo sobre la planta del primitivo.
El 14 de junio de 1991, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ordena la demolición parcial del nuevo inmueble y advierte de que el edificio no puede rebasar el ámbito físico de la construcción demolida. Esta sentencia es ratificada el 12 de junio de 1995 por el Tribunal Supremo, que desestima el recurso de apelación formulado por el promotor. Un año después, el Ayuntamiento confirma que las obras fueron ejecutadas sin licencia y ordena la paralización de los trabajos, pero no adopta ninguna medida para impedir su finalización. En octubre de 1996, la comisión de gobierno ordena el derribo parcial del inmueble.
Antes de plantear la legalización del inmueble y para evitar tener que demoler parcialmente el edificio, el promotor presenta ante el TSXG un incidente de inejecución de la sentencia que es desestimado de forma definitiva en abril de 1999. El tribunal señala que el incidente se basa en un informe pericial del que se desprende que el derribo exigiría la realización de obras de coste muy elevado, no que sea material o técnicamente imposible suprimir la parte ilegalizable del edificio.
El Concello otorga la licencia de legalización del inmueble en enero de 1998, a pesar de que el promotor incumple el plazo para solicitarla. Según el informe municipal, el nuevo proyecto se ajusta a la ordenanza urbanística y recoge lo exigido en la sentencia del TSXG en cuanto a altura, alineaciones y ocupación de planta. Pero el promotor incumple dicha licencia y el Ayuntamiento incoa en 2001 un primer expediente de reposición de la legalidad urbanística. No prosperó y en 2003 abrió otro expediente que ordena la demolición de las obras, con expreso apercibimiento de ejecución forzosa en caso de que no se derribe lo ilegal en el plazo de tres meses desde la notificación del expediente.

COMPARTIR
 



  HEMEROTECA
EXTRAS EN LA WEB
   CONÓZCANOS:   CONTACTO  |  LA OPINIÓN A CORUÑA  |  LOCALIZACIÓN       PUBLICIDAD:   TARIFAS WEB  |  TARIFAS PAPEL  |  CONTRATAR   
laopinióncoruña.es es un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de laopinióncoruña.es. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
Adaptado a la Ley de Protección de Datos por
 
  Aviso legal
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Murcia  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Levante-EMV  | El Boletín  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas