El fiscal eleva a 30 años la pena al presunto asesino de Palomino

El ministerio público le aplica a Josué Estébanez el agravante de "odio ideológico"

 
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EFE La Fiscalía ha elevado hoy a 30 años de cárcel, en lugar de 29, la petición de pena para Josué Estébanez por el asesinato en 2007 del joven antifascista Carlos Palomino al aplicarle la agravante de "odio ideológico" por considerar que le mató porque "pertenecía a un grupo de ideas contrarias a las suyas".

La representante del Ministerio Público solicita para Estébanez las penas máximas previstas para los delitos de asesinato -20 años- e intento de homicidio -diez años- por los hechos ocurridos el 11 de noviembre de 2007, cuando agredió con una navaja a Palomino y a otros dos jóvenes que se dirigían a manifestarse en contra de una concentración de extrema derecha a la que acudía el acusado.

En su informe, la fiscal ha expuesto que las pruebas presentadas durante el juicio que se celebra desde el pasado día 14 en la Audiencia Provincial de Madrid acreditan que el soldado profesional Estébanez actuó contra Palomino por "discriminación ideológica", a juzgar por su vestimenta, y las expresiones que profirió.

Según ha explicado, esto queda probado por algunos datos proporcionados por varios testigos, que aseguraron en la vista que el acusado vestía una sudadera "propia de los neonazis de Madrid", que realizó el saludo fascista y que se dirigió a los jóvenes con el apelativo de "guarros", que es como los miembros de grupos de extrema derecha se refieren a los antifascistas.

Además, la fiscal se ha referido a una serie de documentos que se han leído en la sesión de hoy a petición de la acusación particular y que recogen manifestaciones de apoyo a Josué Estébanez por parte de grupos de esta ideología, señalando que "lo toman como un mártir de la causa".

La acusación particular, que representa a la familia de la víctima, pide 37 años cárcel, al imputar a Estébanez también los delitos de tenencia ilícita de armas y de amenazas.

Por su parte, la defensa del acusado solicita su libre absolución y, subsidiariamente, una pena de nueve meses de cárcel -que no cumpliría al llevar casi dos años en prisión preventiva-, alegando que en los hechos concurren las eximentes de legítima defensa, miedo insuperable y estado de necesidad.

Estos argumentos se basan en el relato de los hechos realizado por el acusado, que en la primera sesión del juicio afirmó que cuando el grupo de jóvenes entró en el vagón en el que se encontraba, se sintió "acorralado" y "amenazado" y actuó "para defender su vida".

La fiscal ha rebatido estas posibles eximentes subrayando que la actitud de Estébanez que se ve en las grabaciones de seguridad del metro es "incompatible con un estado de miedo", ya que el vídeo muestra que preparó el arma, que se colocó frente a la puerta y que no pidió ayuda ni trató de escapar.

"El miedo lo tenían los demás", ha señalado la representante del Ministerio Público, que ha apuntado que "aunque es cierto que acabó rodeado, no fue porque le rodearan sino por la cantidad ingente de personas que había en el vagón".

"Este es uno de los pocos juicios en que se tienen imágenes de la mayor parte de los hechos, lo que le dota de una objetividad poco común. Se hace real el tópico de que una imagen vale más que mil palabras", ha concluido la representante del Ministerio Público.

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