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El culto al cuerpo, lejos del horario infantil

El Congreso aprueba la ley de comunicación audiovisual en la que se prohíben los anuncios de adelgazantes u operaciones de cirugía estética en televisión hasta pasadas las 22.00 horas

 
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Una niña cambia de canal en la televisión. / grobas
Una niña cambia de canal en la televisión. / grobas 

Los anuncios de adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o cualquier tratamiento de estética que fomente el culto al cuerpo y el rechazo a la autoimagen desaparecerán de las pantallas españolas durante gran parte del día. La nueva ley de comunicación audiovisual -aprobada ayer por el Congreso- prohíbe esta serie de 'spots' entre las 06.00 y las 22.00 horas. Además, la norma fija un máximo de 19 minutos de publicidad a la hora y que las cadenas públicas puedan invertir el presupuesto para ficción nacional también en series

AGENCIAS | MADRID Nada de anuncios televisivos que fomenten el culto al cuerpo durante el horario infantil. Esta es una de las principales novedades de la Ley General de la Comunicación Audiovisual que ayer se aprobó en el Congreso, con los votos a favor de PSOE, CIU y Coalición Canaria y la abstención del PP. De este modo, una vez entre en vigor la nueva normativa -todavía tiene que pasar por el Senado- las cadenas no podrán emitir publicidad que promueva el rechazo a la autoimagen entre las 06.00 y las 22.00 horas.

Entre los anuncios que pasarán a estar vetados gran parte del día están "los de productos adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o tratamientos de estética que apelen al rechazo social por la condición física o al éxito debido a factores como el peso o la estética".

Asimismo, el proyecto de ley establece que los contenidos que puedan ser "perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrán emitirse entre las 22.00 y las 06.00 horas, debiendo ir siempre precedidos por un aviso acústico y visual presente durante toda la emisión del programa correspondiente".

Con respecto al tiempo de publicidad, la ley establece finalmente que las televisiones podrán emitir un total de 19 minutos por hora entre anuncios convencionales (doce minutos), autopromoción (cinco minutos) y telepromoción (dos minutos). Este punto ha sido modificado respecto al texto inicial del Gobierno, que contemplaba la posibilidad de emitir hasta doce minutos de telepromoción, lo que suponía un total de 29 minutos de mensajes publicitarios entre el programa emitido.

Además, las televisiones públicas podrán dedicar una parte del 6% de su presupuesto que deben invertir en la producción de cine español, también a series y miniseries para televisión.

El proyecto de ley que llegó ayer el Congreso contemplaba que las televisiones públicas debían dedicar su 6% "íntegramente a la financiación de la producción europea de películas", texto que finalmente se ha cambiado para permitir que las televisiones públicas, estatales o autonómicas, puedan dedicar el 25% de ese porcentaje a la financiación de series y miniseries para televisión.

El proyecto de ley contempla una duración de 15 años de las licencias audiovisuales, que se renovarán automáticamente siempre que el espectro radioeléctrico no esté agotado o que existan terceros que pretendan la concesión de la licencia, entre otros aspectos.

Otra novedad aprobada ayer en el Congreso ha sido la aceptación de una enmienda transaccional que permite que una cadena autonómica de una determinada comunidad pueda verse en otra autonomía, siempre que sea limítrofe y tenga afinidades lingüísticas y culturales, y se acuerde mediante convenio y con reciprocidad.

La normativa también regula la piratería, en concreto en el caso de las radios. El Gobierno central y las comunidades autónomas serán los encargados de cerrar cualquier radio pirata que detecten.

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