El Constitucional establece que los médicos deben colegiarse para ejercer en Galicia

El tribunal permite volver a aplicar una normativa que estaba paralizada debido a un recurso del Gobierno central. La Xunta, satisfecha con la decisión de la sentencia

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Varios médicos durante una operación en un quirófano. / m.núñez
Varios médicos durante una operación en un quirófano. / m.núñez 

AGENCIAS | SANTIAGO El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión que pesaba sobre varios apartados de una normativa gallega, la llamada ley Ómnibus, entre ellos la obligatoriedad de la colegiación del personal sanitario. De este modo, a partir de ahora, cualquier facultativo -incluso aquellos que sólo desempeñen trabajos administrativos- deberá estar colegiado para ejercer en Galicia.

El Gobierno anunció a finales del pasado año la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la ley gallega de 11 de febrero de 2010 que modificó varias normas autonómicas para adaptarlas a la Directiva europea de Servicios del Mercado Interior. La propuesta de recurso, que contó con el dictamen favorable del Consejo de Estado, señalaba que la norma gallega "infringe la competencia estatal en materia de colegios profesionales" en tres aspectos: la obligación de comunicación previa, la obligación de colegiación y la regulación de la obligación de visado.

La ley gallega obliga al profesional de la Unión Europea que quiera desplazarse temporalmente para prestar servicios en Galicia a realizar una comunicación previa al colegio profesional gallego. En un auto hecho público ayer, el Constitucional levanta la suspensión de varios aspectos recurridos referidos a la necesaria comunicación previa al Colegio profesional gallego, en caso de desplazamiento temporal de un profesional de la UE como condición para ejercer en cualquier parte de Galicia.

El alto tribunal levanta también la suspensión de la imposición de la colegiación para los profesionales médicos y demás profesionales de Ciencias de la Salud al servicio de las administraciones públicas. Un tercer bloque sobre el que se levanta la suspensión se refiere a las funciones de visado de los colegios profesionales.

La titular de Sanidad, Pilar Farjas, explicó tras conocer el auto que el Gobierno había presentado un recurso contra la ley Ómnibus, pero el Constitucional "acaba de dar la razón a Galicia, acaba de entender que los fundamentos jurídicos" aportados por la Xunta "tenían razón" y, por lo tanto, "vuelve a ser obligatoria la colegiación en la comunidad autónoma de Galicia".

El Constitucional había suspendido la obligación impuesta por la Xunta de que todos los médicos tuvieran que pertenecer a un colegio profesional para ejercer en la comunidad debido a la admisión a trámite de un recurso de inconstitucionalidad presentado en noviembre por el Gobierno central contra la decisión aprobada en febrero de 2010. Ahora el auto argumenta que la mera existencia de divergencias normativas no es causa de suspensión, pues son una consecuencia inherente a toda situación de pendencia de un recurso de inconstitucionalidad y consustanciales, por tanto, al funcionamiento del Estado de las Autonomías y a la coexistencia del ordenamiento estatal con los ordenamientos autonómicos.

Por otra parte, el presidente de la Organización Médica Colegial, Juan Rodríguez Sendín advirtió ayer que eliminar la colegiación obligatoria para los profesionales de la sanidad pública podría poner en peligro a los pacientes y hacer de España "el único país donde el empleador del profesional sanitario decide sobre las buenas prácticas".

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