"Un ataque frontal" contra los derechos y la imagen social de las personas con enfermedad mental, que consolida "prejuicios existentes" y que dificulta su integración social. La reforma del Código Penal que impulsa el Ministerio de Justicia ha puesto en pie de guerra al colectivo integrado por esos pacientes y sus familias, pero también a especialistas sanitarios del ámbito de la salud mental, que consideran que la nueva normativa -aprobada por el Gobierno el pasado 20 de septiembre y, actualmente, en trámite parlamentario- es "inconstitucional", al relacionar la enfermedad mental "con el concepto subjetivo de 'peligrosidad" y abrir, así, "la posibilidad de que una persona pueda ser internada en un centro psiquiátrico o sometida a libertad vigilada, de forma permanente", a través de condenas revisables.

"Hasta ahora, cuando a una persona se la consideraba no imputable por causa de la enfermedad mental que padecía en relación al delito cometido, se le imponía una medida de seguridad. En estos casos, solía consistir en un internamiento en un centro psiquiátrico, que no podía durar más que la pena que le hubiera sido impuesta en caso de ser imputable y aplicarle la pena correspondiente al delito cometido. Ahora esto cambia y, de forma sorprendente, lo hace en función de que se determine que la persona, por su enfermedad mental, es peligrosa y susceptible de cometer nuevos delitos. No se está juzgando el delito ya cometido, sino los que hipotéticamente pudiera cometer", denuncia la Confederación de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (Feafes), que amenaza con salir a la calle si no se rectifica el texto normativo.

Esta organización, que se ha sumado a las reclamaciones del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), exige que se retire el término "peligrosidad" en relación con el trastorno mental, que el internamiento "nunca pueda ser prorrogable" y que, como medida de libertad vigilada, se aplique el tratamiento asertivo comunitario en lugar del tratamiento forzoso ambulatorio. "En caso de que el Gobierno no rectifique, intensificaremos las protestas públicas junto a todos los colectivos que se oponen a esta reforma", advierte Feafes, que no descarta "iniciar acciones legales" sobre los aspectos "inconstitucionales o contrarios a la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad" que pudiera tener el futuro Código Penal.

Para la organización, la falta de recursos sanitarios y sociales es lo que provoca que, en ciertas ocasiones, algunas personas con enfermedad mental acaben cometiendo "actos de los que no son conscientes, debido a su trastorno". Por eso, considera una "prioridad" la puesta en marcha urgente de medidas alternativas que mejoren la atención en salud mental y eviten que estos pacientes entren en los hospitales psiquiátricos penitenciarios.

Feafes no es la única entidad que muestra su "extrema preocupación, oposición y solicitud de enmienda" de algunos de los contenidos del nuevo Código Penal y que reivindica el "tratamiento justo y sin discriminación de ningún tipo" de las personas con enfermedad mental. El grupo de Ética y Legislación de la Asociación Española de Neuropsoquiatría (AEN) también considera que la reforma "forma parte de un conjunto de medidas legislativas destinadas a la sustitución apresurada del Estado del Bienestar" por "un estado caritativo que culminará en un estado penal", un proceso en el que, señala, "las políticas sociales están siendo sustituidas por políticas de vigilancia y control", que incluyen la "contención punitiva de las categorías sociales más desfavorecidas".

En un documento redactado ya el pasado mes de marzo, los expertos de la AEN consideran "muy grave" la mutación "de un derecho penal de hecho a un derecho penal de autor" que "permite descontextualizar las conductas" y "vincularlas a las características personales de los sujetos". "El trastorno mental vuelve desde el campo sanitario al jurídico-penal ya que, antes que como enfermedad, vuelve a ser considerado como un peligro o una amenaza", denuncian, e insisten: "La reforma revitaliza de modo obsesivo el concepto de peligrosidad que, huérfano en muchos casos de concreciones objetivas, estaría llamado a convertirse en un juicio de valor alimentado por prejuicios, lo cual sitúa la cuestión en términos preconstitucionales", advierten.

"Hasta que el Código Penal de 1995 -continúa el texto de la AEN- estableció una limitación objetiva a las medidas de seguridad (en atención a la pena establecida para cada delito), las personas con trastorno mental a las que se imponía la medida de seguridad de internamiento, permanecían indefinidamente privadas de libertad, en ocasiones en virtud de las comisión de pequeños delitos. Ahora, con la nueva reforma, se corre el riesgo de que esas situaciones se reproduzcan", avisan en el documento.

"¿Por qué esta reforma?, ¿por qué ahora?, ¿tanto ha cambiado la sociedad española desde 1995 a 2013, como para pasar de un sistema penal dirigido fundamentalmente a la rehabilitación y reinserción social, a un sistema que busca decididamente la exclusión y permanente privación de libertad de quienes, a su parecer, merecen la calificación de peligrosos?, se preguntan los expertos de la AEN, quienes afirman "no percibir tal cambio en la sociedad". "Tendremos que concluir que se trata de un cambio ideológico, que pretende utilizar el Derecho como lo que nunca debe ser: instrumento de dominio de un grupo sobre otros a los que se percibe como peligrosos. Y en el caso concreto de las personas con trastorno mental grave, sin más fundamento que un atávico prejuicio de peligrosidad sin base científica ni estadística", subrayan.

Al igual que Feafes, los especialistas en ética y legislación de la AEN rechazan que las personas con enfermedad mental cometan "muchos delitos y más graves", y recuerdan que "el 90% de las infracciones que llevan a cabo - 'muy por debajo de las que la conciencia social les atribuye', reiteran- tienen que ver con incidentes que se producen en los ámbitos donde habitan, bien en el domicilio familiar o en la calle", que atribuyen a que esos pacientes se encuentran, en muchos casos y por diversas razones, "infratatados e infraatendidos" desde el punto de vista sociosanitario. "Lo más grave es que muchas de estas situaciones se pueden prevenir mediante una adecuada red de servicios sociosanitarios rehabilitadores, laborales y de alojamiento que puedan otorgar una mayor autonomía a estas personas", señalan los expertos en ética y legislación de la AEN, quienes recuerdan que el Estado "tiene el deber de garantizar el derecho a la salud de sus ciudadanos". "Su tradicional inhibición en esta materia provoca cargas, muchas veces insoportables, en el entorno de estos pacientes. Es profundamente injusto que, cuando la situación se desborda, no tenga otro recurso que acudir a la intervención penal", reiteran.