Nueve de cada diez locales inspeccionados por la Consellería de Sanidade -principalmente establecimientos de hostelería, pero también centros de trabajo- en la provincia de A Coruña durante el pasado año incumplían algún punto de la ley antitabaco. De las 363 inspecciones realizadas, 331 (el 91%) acabaron con la apertura de un expediente sancionador y de ellos, 202 estaban finalizados al llegar noviembre (aún no se conocen los datos de diciembre), según indican en la Jefatura Territorial de Sanidade en A Coruña. "De los expedientes finalizados, la mayoría (123) fueron por faltas graves, es decir, por permitir fumar en el local o habilitar zonas para fumadores donde está prohibido como ocurre con ciertas terrazas", señala Berta Gómez, miembro del servicio de inspección de la Jefatura Territorial, quien reconoce que gran parte de los locales "aún tienen mucho que mejorar" para no infringir la normativa actual.

La conocida como ley antitabaco entró en vigor en enero de 2011. Desde entonces está prohibido fumar en cualquier espacio público cerrado -lo que incluye cualquier bar o local de ocio-, fija unos requisitos para que los cigarrillos estén permitidos en las terrazas y obliga a bloquear la máquina de tabaco para impedir que los menores accedan a ella, entre otras cuestiones. Para velar que se cumple y con el objetivo de "promocionar la salud" ya que "esta es una ley en positivo, indica Gómez, la Xunta realiza inspecciones periódicas todos los años. El número de inspecciones -que pueden ser de oficio, es decir, aleatorias o estar motivadas por la denuncia de algún ciudadano- se mantiene en los últimos tres años (330 en 2012, 360 en 2013 y 363 en 2014). Lo mismo ocurre con las multas: 234 expedientes sancionadores cerrados en 2012, por 233 en 2013 y 202 hasta noviembre de 2014. "Cuando conozcamos los datos de diciembre seguramente cerraremos el año con el mismo número de infracciones", indica Berta Gómez.

Los motivos de las sanciones son diversos -desde no contar con la señalización de que se prohíbe fumar hasta vender tabaco a menores o simplemente encender un pitillo dentro de un lugar público cerrado-, pero en los últimos meses, el principal problema radica en las terrazas. Muchos locales se aferran a que la ley permite fumar al aire libre para habilitar sus terrazas como zona apta para pitillos. Pero la normativa es muy tajante, en el ámbito de la hostelería se entiende por aire libre "todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos". "Muchas terrazas actuales no cumplen estos requisitos", señala Berta Gómez, quien recuerda que "si en 2012 se sancionó a 45 locales por tener una terraza inadecuada, en 2013 fueron 30 y el pasado año la cifra subió a 52".

En el caso de las faltas graves, la normativa contempla una multa de 601 euros la primera vez que se sanciona al local, una cuantía que se duplica si el establecimiento reincide por segunda vez y que se multiplica por cuatro cuando es la tercera vez que incumple algún artículo de la ley. Los inspectores reconocen que, cuando se trata de una falta leve, dan una segunda oportunidad al propietario del local. "Si, por ejemplo, solo incumple que no tiene la señalización, volvemos una segunda vez y si la tiene no se sanciona", indica Berta Gómez, quien recuerda que siempre vuelven a los locales sancionados para ver si han rectificado. "Lo que nunca pasamos por alto y se sanciona automáticamente es no contar con control de venta de menores en las máquinas de tabaco y permitir fumar en zonas donde no es posible", señala Gómez, quien lamenta que hay locales que reinciden e incluso "quienes pagan la multa, pero no corrigen" lo que está mal.

Pero no solo los propietarios de locales corren el riesgo de ser multados por infringir la ley. Encender un cigarrillo en un lugar en el que está prohibido supone una multa de 30 euros. "El propio dueño del bar puede alertar a la policía si el cliente no le hace caso y quiere fumar", recuerda Gómez.