Junto a libros de electricidad, Manuel Fernández Castiñeiras tenía en su casa varios tomos de leyes, incluido el Código Penal, que le otorgaban "elementos" para "valorar las consecuencias" de sus actos. Ese detalle lo incluyeron el fiscal, Antonio Roma, y José Antonio Montero, abogado del Cabildo, en sus intervenciones finales en la undécima jornada, y la última, del juicio por el robo del Códice Calixtino. El caso quedó visto para sentencia sin variaciones sobre el guión inicial en cuanto a delitos y petición de penas, aunque la defensa insiste en pedir la nulidad de todo el proceso y la absolución de sus clientes.

Para el fiscal del caso, el exelectricista de la catedral "distingue el bien y el mal" y no actúa "por impulsos" ni ha perdido "la razón". "Lo que ha perdido es cualquier estímulo ético que desde mi punto de vista merezca la compasión, por lo menos a la hora de tratar jurídicamente el problema", sostuvo, para subrayar que para él "realmente el acusado del procedimiento" es el exoperario del templo y "la participación" de su familia "es lo menos importante".

Para Roma existe, en el caso de Castiñeiras, un "afán desmesurado por el dinero", que "disfruta en la intimidad contando de una manera absolutamente llamativa". "Se encierra, lo cuenta y lo ordena sin que le importe un bledo tener a su mujer trabajando y aportando a la economía familiar humildemente con aquello que sabe hacer y sin haber prestado un dinero, salvo medio coche, que le facilitó al hijo".

Aún así, Roma elevó a definitivas las conclusiones provisionales en cuanto a las penas que pedía no solo para Castiñeiras, 15 años de prisión, sino también para su esposa e hijo, a los que acusa de blanqueo de capitales (un año y medio de prisión para cada uno) o, como alternativa, de un delito de receptación (seis meses), acusación que obedece a que los tres firmaron la adquisición de una vivienda en A Lanzada a la que la pareja se iba los jueves "en una suerte de fin de semana caribeño", según apuntó el abogado de la catedral. Aunque aseguró que "cree" lo que dijo Remedios Nieto, y que la considera una mujer "trabajadora" que colabora en la economía familiar, y añadió que lo que dijo Jesús Fernández, el hijo, cuando contó cómo sentía "miedo" desde la infancia de pedir dinero a sus padres, "le honra", para el fiscal es "ilógica" la "ausencia de conocimiento de la situación real profesional" del cabeza de familia.

El abogado de la acusación particular realizó un movimiento similar, enfocándose en Castiñeiras. Mantuvo la pena de 31 años que reclamaba para él y deja en manos del tribunal la "difícil labor" de "dilucidar" sobre esposa e hijo. Y es que entiende que, pese a que hay "indicios" de que no se mantuvieron al margen del delito, "es verdad" que estos se pueden "cuestionar". Alude a las escuchas en el domicilio que revelan que supuestamente Castiñeiras mantenía una zona vedada a su familia y a "que el posible conocimiento de la realidad familiar de su marido y padre pueda exigirse a personas que se presuma que saben de esa realidad como banqueros, infantas, políticos o profesionales, pero no, y sin querer ofender, a doña Remedios y a don Jesús", por su "nivel cultural".

La abogada de Castiñeiras y su familia, Carmen Ventoso, quien aseguró que "nunca" entendió la acusación de blanqueo de capitales, consideró "surrealista" extenderla a la esposa e hijo de Castiñeiras, describiendo a la primera como una mujer que se "quemaba las pestañas" cosiendo todo el día y que estaba "sometida a su marido", que era quien "decidía".

Las dos acusaciones coincidieron en minimizar las periciales de la defensa, tanto el ingeniero que calculó lo que podría juntarse hipotéticamente a lo largo de una vida "capitalizando" el dinero como al psicólogo que explicó que Castiñeiras padecía un trastorno "acumulador", a lo que el fiscal alega que se negó a someterse a un examen del Imelga, que sí sería concluyente. Las dos acusaciones ven asimismo acreditada la sustracción continuada de dinero de la catedral y el robo del Códice, que para Roma "es lo más importante" del juicio.

Ambas acusaciones cambiaron sus conclusiones provisionales en cuanto a la cantidad reclamada como indemnización para la catedral en concepto de responsabilidad civil, que sitúan en 2,45 millones de euros (menos que antes en el caso de la acusación particular). Ninguno de ellos ve atenuantes para el exoperario de la basílica, pero la defensa sí aludió a la derivada de lo que tildó de "dilaciones indebidas" en el proceso. No obstante, de entrada, en su alegato, y tras apuntar que algún testigo pudo "incurrir en mentiras", volvió a centrarse, una vez más, en solicitar la nulidad de todo el proceso porque parte, reitera, de las escuchas en la vivienda del acusado, declaradas nulas por el tribunal, al que requirió una "sentencia motivada". Ventoso alega que "no consta en autos" que tras la sonorización se haya realizado diligencia o prueba alguna que llevase a la detención de Castiñeiras a excepción de esas grabaciones.

Como a lo largo de las once sesiones del juicio, que se inició el 19 de enero, salió a relucir el aparente descontrol en las cuentas de la catedral y que no se había denunciado la falta de dinero, el abogado del templo se pronunció al respecto para enfatizar que el Cabildo fue la "víctima" y que las personas educadas dentro del "código ético" de la Iglesia "difícilmente pueden asumir la obligación de denunciar, más si se desconoce al autor". Montero proclamó que por ello "si bien desde el punto de vista moral se perdona, desde el punto de vista procesal penal no queda otro remedio que pedir la condena".