La jueza de lo Social 18 de Madrid ha condenado al hospital de la Fundación Jiménez Díaz y a la Consejería de Sanidad de la Comunidad madrileña a indemnizar en casi 5.000 euros a una lesbiana por haber sido discriminada por su orientación sexual en el acceso a un tratamiento de reproducción asistida. En una sentencia la jueza explica que la demandante se siente discriminada por una orden ministerial del año pasado que exige para someterse a la reproducción asistida "ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de anticonceptivos", al tener una relación afectiva con otra mujer. La magistrada aclara que la ley sobre técnicas de reproducción asistida establece el derecho a la asistencia de la misma con independencia de la orientación sexual. El hospital ha recurrido.