El caso de la niña Andrea ha reavivado el debate sobre la muerte digna, un concepto que puede ser confundido en ocasiones con otros relativos a prácticas médicas similares, como la eutanasia, el suicidio asistido o la sedación paliativa.

Muerte digna

Se basa en la libertad del paciente - o la de sus familiares, tutores o representantes legales si el enfermo está imposibilitado - de proclamar la decisión de cesar la obstinación terapéutica si no hay posibilidades reales de recuperación. En España este concepto está regulado a través de la Ley de Autonomía del Paciente de 2002.

Eutanasia

La Organización Mundial de la Salud (OMS) la define como la "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente", aunque situándola en un contexto de sufrimiento del paciente por una enfermedad incurable y que no ha podido ser mitigada con anterioridad por otras vías. La eutanasia puede ser activa, mediante la aplicación de fármacos de carácter letal, o pasiva, a través del cese de los tratamientos que se apliquen en ese momento al paciente. En España no está regulada. Si lo está en Bélgica y Holanda.

Suicidio asistido

Consiste en la administración y asistencia, de forma intencionada y con pleno conocimiento, de los medios necesarios para acabar con la vida de un paciente que previamente ha expresado su deseo de morir. La acción de tomar los medicamentos que conducen a la muerte es obra del propio paciente. Países como Suiza lo consideran legal; no así España.

Sedación paliativa

Es también conocida como sedación terminal y la aplican hospitales de todo el mundo. Se define como la asistencia a un enfermo terminal de tratamientos analgésicos que reduzcan la agonía y el dolor del paciente, sin provocar ni buscar la muerte.